DECRETO 173 2001

Síntesis:

DECLARA LA CADUCIDAD DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN CELEBRADO ENTRE LA EX MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y LA ASOCIACIÓN MUTUAL DEL PERSONAL LEGISLATIVO Y DE LA COMUNA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES POR INCUMPLIMIENTO DE LOS TRABAJOS DE MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN, REFACCIÓN Y LIMPIEZA, DEL PREDIO UBICADO BAJO AU1, ENTRE LAS CALLES PASEO COLÓN Y BALCARCE

Publicación:

02/03/2001

Sanción:

26/02/2001

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 43.145/99 y acumulados, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 10 de febrero de 1992 por intermedio de la Resolución N° 03/SG/92 se aprobó el Convenio de Colaboración entre la ex-Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y la Asociación Mutual del Personal del Concejo Deliberante, actual Asociación Mutual del Personal Legislativo y de la Comuna de la Ciudad de Buenos Aires, en el marco de la Ordenanza N° 43.794 (B.M. N° 18.631);

Que en la cláusula primera de dicho Convenio se establece que la mencionada Asociación se compromete a ejecutar los trabajos de mantenimiento, conservación, refacción y limpieza, pudiendo aportar bienes y servicios, en el predio ubicado bajo AU1, entre las calles Paseo Colón y Balcarce, por sí o por terceros, en forma gratuita para la Municipalidad;

Que el Anexo I del mencionado Convenio detalla las obras a realizar en el predio de acuerdo a las posibilidades del terreno y en orden de prioridades: Guardería Infantil, Salón de usos múltiples, Cancha de fútbol o Cancha de paddle;

Que la ex Dirección General de Relaciones con la Comunidad informa el 29 de febrero de 2000 que el predio se halla en total estado de abandono y suciedad y que no existe obra alguna;

Que con fecha 31 de marzo de 2000 se le notificó al Presidente de dicha Asociación Mutual que el día 3 de abril del mismo año se procedería a verificar el estado de ejecución del plan de tareas establecido en el Convenio de Colaboración, como así también el estado de ocupación de los terrenos;

Que en la fecha mencionada en el considerando precedente, se efectuó la verificación convenida, comprobándose la presencia de personas trabajando en la remoción de escombros y que el predio no se encuentra intrusado;

Que la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro informa que, con fecha 13 de junio de 2000 efectuó una inspección in situ sin previo aviso en el predio en cuestión, constatándose la construcción de una playa de estacionamiento, en contraposición a las obras indicadas en el Anexo I del Convenio de Colaboración, indicando asimismo que se encontraba prácticamente finalizada y que ante la falta de trámite del pertinente Permiso de Obra, se labró acta de paralización de obra;

Por ello, con lo dictaminado por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y en uso de las facultades legales que le son propias (Art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Declárase la caducidad del Convenio de Colaboración celebrado entre la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y la Asociación Mutual del Personal del Concejo Deliberante, actual Asociación Mutual del Personal Legislativo y de la Comuna de la Ciudad de Buenos Aires, por incumplimiento de las obligaciones a su cargo.

Artículo 2° - Encomiéndase a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a intimar a la mencionada Asociación Mutual a la desocupación del predio ubicado bajo AU1, entre las calles Paseo Colón y Balcarce, en un plazo no mayor de 30 días, bajo apercibimiento de disponerse la desocupación administrativa del mismo, con auxilio de la fuerza pública.

Artículo 3° - En virtud de las determinaciones del Decreto N° 1.696/GCBA/98 (B.O.C.B.A. N° 541), encomiéndase a la Empresa Autopistas Urbanas Sociedad Anónima, el estudio y proyección de obras a realizarse en dicho predio, que brinden servicios en forma exclusiva a la comunidad.

Artículo 4° - El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Obras y Servicios Públicos, de Planeamiento Urbano, de Gobierno, de Justicia y Seguridad y de Hacienda y Finanzas.

Artículo 5° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en cumplimiento del artículo 11 del Decreto N° 698/GCBA/96, notifíquese a la Asociación Mutual del Personal Legislativo y de la Comuna de la Ciudad de Buenos Aires y gírese a las Secretarías de Obras y Servicios Públicos, de Planeamiento Urbano, de Gobierno y de Justicia y Seguridad.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Dto. 173-01 integra el Dto. 1696-98 - Encomienda a Autopistas Urbanas SA el estudio y proyección de obras a realizarse en el predio ubicado bajo AU1
MODIFICA
Dto. 173-01 modifica la Res. 3-SG-92 - Declara la caducidad del Convenio de Colaboración celebrado entre la ex MCBA y la Asociación Mutual del Personal del Concejo Deliberante