RESOLUCIÓN 223 2007 MINISTERIO DE GESTION PUBLICA Y DESCENTRALIZACION
Síntesis:
SE FIJAN SEDES DE LOS F-N CENTRO DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN COMUNAL NROS. 2 Y 10 - URIBURU 1022 - BACACAY 3968
Publicación:
11/09/2007
Sanción:
06/08/2007
Organismo:
MINISTERIO DE GESTION PUBLICA Y DESCENTRALIZACION
Visto la Ley N° 1.925 (B.O.C.B.A. N° 2407), el Decreto N° 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416), el Decreto N° 816/06 (B.O.C.B.A. 2475) y la Resolución N° 112-MGPyDGC/06 (B.O.C.B.A. N° 2485), y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 816/06 se crearon en el ámbito del Ministerio de Gestión Pública y Descentralización quince (15) F/N Centros de Gestión y Participación Comunal, suprimiéndose los ex F/N Centros de Gestión y Participación;
Que la delimitación territorial de dichos F/N Centros de Gestión y Participación Comunal se adecuó a la división territorial establecida en la Ley N° 1.777 y a lo detallado en el Anexo del Decreto N° 816/06;
Que por carecer de una propia, se fijó como sede del F/N Centro de Gestión y Participación Comunal 2 la calle Coronel Diaz 2110, donde funciona el F/N Centro de Gestión y Participación Comunal 14;
Que mediante la Resolución N° 112-MGPyDGC/06 se fijó con carácter provisorio la sede del F/N Centro de Gestión y Participación Comunal 10 en la calle Almirante Francisco Seguí 2125;
Que una de las tareas primordiales que se impuso este Ministerio es la de dotar a cada uno de los F/N Centros de Gestión y Participación Comunal de una sede apta para el cumplimiento de las funciones, prestaciones y competencias que les son propias;
Que en esa inteligencia oportunamente mediante el Expediente N° 40.271/06 se tramitó la adquisición de un inmueble para la Comuna 2 y mediante el Expediente N° 37.023/06 la locación de otro para la Comuna 10;
Que mediante los Decretos Nros. 1.951/06 y 2.230/06 se aprobó la compra del inmueble ubicado en la calle Uriburu 1022 destinado a la localización de la sede de la futura Comuna 2;
Que mediante la Resolución N° 206-MGPyDGC/06 se aprobó la locación del inmueble sito en Bacacay 3968 para su uso como sede de la futura Comuna 10;
Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 6° del Decreto N° 816/06, el Ministerio de Gestión Pública está facultado a resolver el traslado de las sedes previstas en dicho decreto;
Que en consecuencia es necesario dictar el acto administrativo que establezca las nuevas sedes de los mencionados F/N Centros de Gestión y Participación Comunal;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE GESTIÓN PÚBLICA Y DESCENTRALIZACIÓN
Artículo 1° - Fíjase la sede del F/N Centro de Gestión y Participación Comunal 2 en la calle Uriburu 1022 y la sede del F/N Centro de Gestión y Participación Comunal 10 en la calle Bacacay 3968.
Artículo 2° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a los Ministerios y Secretarías que integran el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los F/N Centros de Gestión y Participación Comunal. Cumplido, archívese.