DECRETO 1275 2007

Síntesis:

OBRA TÚNELES ALIVIADORES DEL EMISARIO PRINCIPAL DEL ARROYO MALDONADO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS - SE APRUEBA LA INTEGRACIÓN DE LA LISTA CORTA DE FIRMAS CONSULTORAS HABILITADAS - CONTRATACIÓN - CONSULTORÍA - PROGRAMA DE GESTIÓN DE RIESGO HÍDRICO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - READECUACIÓN DE LA RED DE DESAGÜES PLUVIALES - PROYECTO DE PROTECCIÓN CONTRA INUNDACIONES - EMPRESAS

Publicación:

14/09/2007

Sanción:

07/09/2007

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto las Leyes Nros. 93 y 1.660 y su reglamentación, el Decreto N° 403/06, el Convenio de Préstamo N° 7289-AR suscripto con el BIRF y el Expediente N° 10.272/06, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 1.660 autorizó al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires a suscribir un Convenio de Préstamo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) para financiar el Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires, el cual consiste en las obras de readecuación de la red de desagües pluviales de la Cuenca del Arroyo Maldonado y medidas complementarias, resultantes del Proyecto de Protección Contra Inundaciones aprobado por la Ley N° 93 y que se describen en el Anexo I de la citada ley;

Que con fecha 18 de mayo de 2006 la Ciudad de Buenos Aires, representada por su Jefe de Gobierno, suscribió con el BIRF el Convenio de Préstamo para financiar el programa mencionado en el párrafo anterior, identificado con el número 7289-AR;

Que este convenio permite al Gobierno de la Ciudad realizar las obras de readecuación de la red de desagües pluviales de la Cuenca del Arroyo Maldonado y llevar a cabo la dirección y monitoreo de las mismas a fin de mitigar el impacto que producen las inundaciones que afectan dicha cuenca;

Que en vista de la complejidad, envergadura y características de las obras a ejecutarse es necesario contratar servicios de consultoría para la inspección y control de dichas obras y que dada la fuente de financiamiento de las mismas y en virtud de lo establecido por el art. 4° de la Ley N° 1.660, las contrataciones correspondientes deben instrumentarse mediante licitaciones públicas de carácter internacional de acuerdo a las normas, condiciones y procedimientos del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) relativos a la adquisición de bienes y contratación de obras y por las normas, condiciones y procedimientos de la misma institución relativos a contratación de servicios de consultoría, ambas normativas de mayo de 2004;

Que las normas, condiciones y procedimientos a los que remite la Ley N° 1.660 establecen un procedimiento en el cual en la primera etapa se invita a las firmas consultoras a expresar interés a fin de preparar una lista corta de no menos de seis firmas, presentando los datos necesarios para formarse un juicio acerca de la idoneidad y experiencia de las mismas, y en la etapa posterior se procede a preparar un Pedido de Propuestas (PP) que hace las veces de pliego a los efectos de la presentación de propuestas y de licitar la contratación de los servicios únicamente entre los integrantes de la mencionada lista corta;

Que en su oportunidad, mediante el Decreto N° 951/05, reglamentario de la Ley N° 1.660, se aprobó el Documento de Precalificación para la Licitación de las Obras de los Túneles Aliviadores del Emisario Principal del Arroyo Maldonado y Obras Complementarias y su respectivo Anuncio Específico de Adquisiciones, autorizándose a la Dirección General de Compras y Contrataciones a realizar el pertinente llamado a precalificación sobre el documento aprobado, destinado a precalificar y preseleccionar a los licitantes, como procedimiento previo y obligatorio para participar de la licitación de las obras mencionadas;

Que mediante el decreto arriba mencionado se estableció que la Dirección General de Compras y Contrataciones coordinará su actuación con la Unidad Ejecutora de la Ciudad de Buenos Aires (UECBA) de acuerdo a las funciones delegadas a este último organismo en virtud del artículo 2°, inciso a.1) del Decreto N° 35/02, consistentes en las atribuciones previstas por la Ley N° 93 y el Decreto N° 1.960/99 en su Anexo II, estableciéndose la misma delegación de atribuciones para dicha unidad respecto del programa aprobado por la Ley N° 1.660 y disponiéndose que las aclaraciones que requiriera el Documento de Precalificación fueran formuladas por la UECBA y comunicadas por la Dirección General de Compras y Contrataciones;

Que el Decreto N° 403/06 creó la Dirección General de Relaciones con el Banco Mundial (DGRBCOM), dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda, asignándole entre sus responsabilidades primarias la de ejercer las facultades previstas por la Ley N° 93 y su reglamentación para el Programa de Gestión del Riesgo Hídrico aprobado por la Ley N° 1.660 (Préstamo BIRF 7289 AR) y que, en forma concordante con la norma anterior, el Decreto N° 1.149/06 aprobó el Manual Operativo del Programa de Gestión del Riesgo Hídrico de la Ciudad, el cual detalla las funciones, facultades, atribuciones y competencias de la mencionada Dirección General;

Que por el Expediente N° 10.272/06 tramita el llamado a manifestación de interés para la inspección de obras de los Túneles Aliviadores del Emisario Principal del Arroyo Maldonado y Obras Complementarias del Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires;

Que con fecha 21 de febrero de 2006 se recibieron las expresiones de interés, contabilizándose un total de 22 presentantes, y que habiéndose analizado los antecedentes y situación particular de cada una de las firmas o grupos de firmas consultoras respecto de la contratación de servicios que se propicia, la Comisión de Evaluación, Seguimiento y Desarrollo de los Procedimientos Licitatorios y de la ejecución de las obras de readecuación de la red de desagües pluviales de la cuenca del Arroyo Maldonado y las medidas complementarias del Programa de Gestión de Riesgo Hídrico creada por la Resolución conjunta N° 170-MH-MPyOP/06, mediante su Acta N° 3 de fecha 31 de octubre del año 2006 aprobó la Lista Corta de Consultores correspondiente a la licitación del contrato de inspección de la obra y propuso dos grupos de firmas reemplazantes para el caso de que alguno o algunos de los integrantes de dicha lista desistan de presentar propuesta, recomendando la remisión de esa nómina al Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) a los efectos de su No Objeción;

Que con fecha 7 de diciembre de 2006 el BIRF comunicó su No Objeción a la Lista Corta de firmas consultoras habilitadas para participar del procedimiento licitatorio y a los eventuales reemplazantes propuestos, haciendo saber que en caso de ser necesario reemplazar al o a los integrantes de la Lista Corta que eventualmente desistan de presentar propuesta, sólo podrán participar de la licitación como máximo dos grupos de firmas cuyos líderes sean del mismo país, pudiendo, en consecuencia, participar eventualmente el grupo integrado por las firmas Inypsa S.A. - Geoconsult S.A. - Excelconsult S.A. con país de origen en España únicamente si el o los consultores que desistieren tuvieren ese país de origen y siempre y cuando la fecha límite para la presentación de las propuestas sea prorrogada en siete días (7) corridos;

Que mediante Acta N° 6 de fecha 3 de enero del año 2007, la comisión arriba mencionada se expidió proponiendo remitir el proyecto de Pedido de Propuestas para la contratación de los servicios de consultoría correspondientes a la Inspección de la Construcción de las Obras de los Túneles Aliviadores del Emisario Principal del Arroyo Maldonado y Obras Complementarias a fin de solicitarse la No Objeción del BIRF y el dictamen de la Procuración General de la Ciudad en los términos de la Ley N° 1.218 en sus artículos 10 inciso a) y 13 segundo párrafo, instancias previas que, cumplidas, habilitan dicho documento para ser aprobado por la autoridad competente como pliego a los efectos de la licitación de los servicios de consultoría arriba mencionados;

Que con fecha 9 de mayo de 2007 el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) comunicó las observaciones que le mereció dicho documento, proponiendo la correspondiente adecuación a las mismas;

Que mediante su Acta N° 9 de fecha 14 de mayo del año 2007 la comisión arriba mencionada manifestó su conformidad con el contenido de dichas modificaciones y aprobó las correspondientes adecuaciones introducidas al texto del documento a aprobarse;

Que, como consecuencia de lo anterior, con fecha 4 de julio de 2007 el BIRF comunicó su No Objeción al proyecto de Pedido de Propuestas;

Que en virtud de la normativa aplicable, el llamado a presentar propuestas deberá hacerse únicamente entre las firmas que integran la Lista Corta, con los eventuales reemplazantes que se encuentran previstos según lo arriba indicado y en base al Pedido de Propuestas arriba mencionado;

Que asimismo, atento la envergadura, importancia y complejidad de las obras a realizarse, teniendo en cuenta que la continuidad de las mismas no puede prescindir de un servicio de inspección permanente, resulta oportuno y conveniente prever el procedimiento para la eventual necesidad de reemplazo del prestador de los servicios de inspección de dichas obras en caso de que la Ciudad de Buenos Aires considerare necesario hacer uso en el futuro de su potestad rescisoria en virtud de las Condiciones Generales del Contrato y que con fecha 24 de julio de 2007 el Banco Mundial comunicó su No Objeción a dicho procedimiento;

Que de acuerdo a lo expuesto, se propicia la aprobación de la Lista Corta y del Pedido de Propuestas para licitar la contratación de los servicios de consultoría correspondientes a la inspección de la siguiente obra: Túneles Aliviadores del Emisario Principal del Arroyo Maldonado y Obras Complementarias del Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 599/07 en su artículo 1° aprobó el pliego de bases y condiciones para licitar la contratación de las Obras de los Túneles Aliviadores del Emisario Principal del Arroyo Maldonado y Obras Complementarias (Licitación Pública Internacional N° LPI-N° 1/07), obras cuyo servicio de inspección se licitará mediante el Pedido de Propuestas cuya aprobación se propicia mediante el presente decreto, y en su artículo 4° delegó en la Dirección General de Relaciones con el Banco Mundial, con acuerdo de la Comisión creada por la Resolución N° 170-MH-MPyOP/06, las facultades de dictar los actos administrativos necesarios para materializar la contratación hasta la recomendación de adjudicación y de emitir circulares ampliatorias y/o aclaratorias del pliego aprobado por el artículo 1° del presente decreto, sin que ello implique la modificación del mismo;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley N° 1.218 (B.O. N° 1850);

Por ello, en uso de las facultades que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase la integración de la Lista Corta de firmas consultoras habilitadas para participar del procedimiento de licitación del contrato de servicios de consultoría de la inspección de la obra: Túneles Aliviadores del Emisario Principal del Arroyo Maldonado y Obras Complementarias del Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo a la siguiente composición:

1- Payma Cotas S.A.U. (origen: España);

2- Sener Ingenieria y Sistemas S.A. - Sener Ingenieria y Sistemas Argentina S.A. - Consular S.A. - Hirosud S.A. (origen: España);

3- Geodata SpA - Consultores Argentinos Asociados S.A. (origen: Italia);

4- Geocontrol S.A. - Hidroestructuras S.A. - Electrowatt Infra (origen: Suiza);

5- Safege S.A. Ingenieros Consultores - Babendererde Ingenieure GMBH - JVP Consultores S.A. (origen: Francia);

6- Parsons Brickerhoff - Grimaux S.A.T. - Atec S.A. - Serman y Asociados S.A. (origen: Estados Unidos de América).

Artículo 2° - Apruébase el Pedido de Propuestas titulado: PP N° 2/07, País República Argentina, Nombre del proyecto: Programa de Gestión del Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires, N°. del préstamo 7289-AR, Título de los servicios de consultoría: Inspección de la Construcción de las Obras Túneles Aliviadores del Emisario Principal del Arroyo Maldonado y Obras Complementarias, para la licitación mencionada en el artículo 1° del presente decreto, en el marco de la Ley N° 1.660 y su reglamentación, el Convenio de Préstamo BIRF 7289-AR, y demás normas de la Ciudad de Buenos Aires y de la República Argentina, documento que como Anexo forma parte del presente decreto y que está integrado por las siguientes secciones: Sección 1: Carta de invitación, Sección 2:, Instrucciones para los consultores, Sección 3: Propuesta Técnica - Formularios Estándar, Sección 4:, Propuesta Financiera - Formularios Estándar, Sección 5: Términos de referencia, I Formulario de Contrato, II Condiciones Generales del Contrato, III Condiciones Especiales del Contrato, IV. Apéndices.

Artículo 3° - Invítese a las empresas integrantes de la Lista Corta que se aprueba en el artículo 1° a presentar propuestas para la licitación allí indicada. Las propuestas deberán presentarse en la Dirección General de Compras y Contrataciones dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda de la Ciudad de Buenos Aires, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 547, 8° piso, hasta la fecha límite que se fije para todas las presentaciones y se notifique a cada firma o grupo de firmas. Esta fecha no deberá ser inferior a veintiocho (28) ni superior a noventa (90) días corridos contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación. Hágase saber en dicha invitación que las propuestas deberán presentarse únicamente en copias de papel y que no serán consideradas las que se presenten por vía de correo electrónico ni las que se reciban por cualquier vía en lugar distinto al indicado y/o después de la fecha y hora de cierre que se fije.

Artículo 4° - En caso de que alguno o algunos de los integrantes del listado arriba mencionado desistan de presentar oferta serán reemplazados, siguiendo el siguiente orden, por: 1-Inypsa S.A. - Geoconsult S.A. - Excelconsult S.A. (origen: España) 2-Geoconsult ZT GMBH - HYTSA S.A. (origen: Austria), quedando establecido que sólo podrán participar de la licitación como máximo dos grupos de firmas cuyos líderes sean del mismo país, por lo cual el primero de estos grupos únicamente será invitado a participar en caso de que desistiere una firma o grupo de firmas cuyo país de origen sea España, siempre que la fecha límite para la presentación de las propuestas sea prorrogada en siete (7) días corridos.

Artículo 5° - En caso de que durante la ejecución del contrato fuere necesario hacer uso de la potestad rescisoria por parte de la Ciudad de Buenos Aires, y siempre que esta facultad no sea ejercida como resultado de la aplicación de lo indicado en la cláusula 2.9.1 de las Condiciones Generales del Contrato en sus apartados f): Fuerza mayor- o g):-Decisión discrecional del contratante-, se procederá al reemplazo del prestador de los servicios de inspección de las obras convocando a la empresa o grupo de empresas que haya calificado en segundo lugar en el proceso licitatorio, bajo los mismos términos del Pedido de Propuestas aprobado en el artículo 2° del presente decreto, para que se haga cargo de la continuación de los servicios, los cuales se contrataran sobre la base de los precios unitarios oportunamente ofertados por el convocado como reemplazante, utilizándose para actualizar dichos precios las pautas establecidas en el Pedido de Propuestas. En caso de que esta empresa o grupo no aceptare hacerse cargo de las tareas, se procederá a convocar a la empresa o grupo calificado en tercer lugar y así sucesivamente, hasta declararse desierto el procedimiento y llamarse a una contratación directa de emergencia en los términos de las normas, condiciones y procedimientos aplicables en virtud del artículo 4° de la Ley N° 1.660 en caso de no alcanzarse el acuerdo buscado con ninguno de los proponentes mencionados los artículos 1° y 4° del presente decreto, en ese orden, con la condición para los mencionados en este último artículo de haber presentado propuesta en su oportunidad, de acuerdo a lo previsto en el artículo 4° del presente decreto. En todos los casos el nuevo contrato a que se arribe deberá contar con la No Objeción del Banco Mundial.

Artículo 6° - Establécese como valor para la venta de los Pedidos de Propuesta el monto de pesos trescientos ($ 300), los cuales pueden ser consultados y adquiridos en la mencionada Dirección General de Compras y Contrataciones en el horario de 10 a 15 horas, donde los interesados podrán presentar consultas por escrito.

Artículo 7° - Delégase en la Dirección General de Relaciones con el Banco Mundial, con acuerdo de la Comisión creada por la Conjunta N° 170-MH-MPyOP/06, las facultades de dictar los actos administrativos necesarios para materializar la contratación hasta la recomendación de adjudicación y de emitir circulares ampliatorias o aclaratorias del Pedido de Propuesta aprobado por el artículo 2° del presente decreto, sin que ello implique modificación alguna de la documentación aprobada por dicho artículo. Estas circulares serán comunicadas por la Dirección General de Compras y Contrataciones.

Artículo 8° - Las erogaciones con causa en el contrato de servicios de consultoría que se licita serán imputadas a las partidas presupuestarias correspondientes al presente ejercicio y previsionadas en los ejercicios presupuestarios subsiguientes, según sus montos y plazos de ejecución.

Artículo 9° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por el señor Ministro Planeamiento y Obras Públicas.

Artículo 10 - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de internet de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a los Ministerios de Hacienda y de Planeamiento y Obras Públicas, a la Dirección General de Compras y Contrataciones, a la Dirección General de Hidráulica y a la DGRBCOM (Dirección General de Relaciones con el Banco Mundial) para la prosecución de su trámite y notificación de la Lista Corta a las empresas o grupos de empresas que participaron del procedimiento de formación de la misma y de la Carta de Invitación y Pedido de Propuestas a los integrantes de la Lista Corta.

NOTA: el Anexo que forma parte integrante del presente puede ser consultado en Avenida de Mayo 525, 3° piso, de lunes a viernes, de 10 a 16 horas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Dto. 542-08 adjudica los servicios de consultoría de la Licitación Pública establecida en el Dto. 1275-07
INTEGRA
Dto. 1275-07 aprueba integración de Lista Corta de Consultoras, Pedido de Propuesta, Invita empresas a presentar propuestas; establece procedimiento ante casos de desistimiento y si fuere necesario uso de la facultad rescisoria, valor para la venta de Pedidos de Propuesta, Delega facultadedes en la DGRBM, integrando Dto. 599-07