LEY 2411 2007

Síntesis:

 MODIFICACIÓN  ORDENANZA 52350 - SUBSIDIOS MENSUALES Y VITALICIOS A LAS PERSONAS QUE ACREDITEN 30 AÑOS DE SERVICIOS EN LOS CUERPOS DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES- MODIFICACIÓN DE MONTOS 

Publicación:

01/10/2007

Sanción:

23/08/2007

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

21/09/2007

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Modificase el artículo 1° de la Ordenanza N° 52.350/97 B.O. N° 422 del 7 de abril de 1998, sin perjuicio de sus efectos y de los que sean su consecuencia, que quedará redactado de la siguiente manera:

Otórgase un subsidio mensual y vitalicio equivalente al haber correspondiente al Agrupamiento: Servicios Sociales e Institucionales - Tramo: A - Nivel: 01, asignación básica, del personal de planta permanente, a las personas que acrediten treinta (30) años de servicios continuos o alternados en los Cuerpos de Bomberos Voluntarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2° - A los fines del cumplimiento de la presente ley el Poder Ejecutivo podrá realizar las compensaciones de partidas presupuestarias correspondientes, sin que estas afecten el porcentaje establecido en el art. 22 de la Ley N° 2.180 (Ley de Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad).

Artículo 3° - Comuníquese, etc. de Estrada - Bello.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 2411, modifica el Art.1 de la Ordenanza 52350.</p>