LEY 2411 2007
Síntesis:
MODIFICACIÓN ORDENANZA 52350 - SUBSIDIOS MENSUALES Y VITALICIOS A LAS PERSONAS QUE ACREDITEN 30 AÑOS DE SERVICIOS EN LOS CUERPOS DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES- MODIFICACIÓN DE MONTOS
Publicación:
01/10/2007
Sanción:
23/08/2007
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
21/09/2007
Estado:
No vigente
Artículo 1° - Modificase el artículo 1° de la Ordenanza N° 52.350/97 B.O. N° 422 del 7 de abril de 1998, sin perjuicio de sus efectos y de los que sean su consecuencia, que quedará redactado de la siguiente manera:
Otórgase un subsidio mensual y vitalicio equivalente al haber correspondiente al Agrupamiento: Servicios Sociales e Institucionales - Tramo: A - Nivel: 01, asignación básica, del personal de planta permanente, a las personas que acrediten treinta (30) años de servicios continuos o alternados en los Cuerpos de Bomberos Voluntarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - A los fines del cumplimiento de la presente ley el Poder Ejecutivo podrá realizar las compensaciones de partidas presupuestarias correspondientes, sin que estas afecten el porcentaje establecido en el art. 22 de la Ley N° 2.180 (Ley de Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad).
Artículo 3° - Comuníquese, etc. de Estrada - Bello.