RESOLUCIÓN 3049 2007 SUBSECRETARIA DE PATRIMONIO CULTURAL

Síntesis:

ORGANIZA LA UNIDAD TÉCNICA DE COORDINACIÓN INTEGRAL DE CATÁLOGOS, REGISTROS E INVENTARIOS - UTCICRI CON DEPENDENCIA JERÁRQUICA DE LA UNIDAD COORDINADORA DEL PROGRAMA DE TECNOLOGÍAS INFORMÁTICAS APLICADAS A LA CULTURA  - TIAC -  REGISTRO ÚNICO DE BIENES CULTURALES - CATÁLOGO URBANÍSTICO - REGISTRO DE YACIMIENTOS COLECCIONES LOTES Y OBJETOS ARQUEOLÓGICOS DE RESTOS FÓSILES COLECCIONES Y YACIMIENTOS PALEONTOLÓGICOS Y DE INFRACTORES Y REINCIDENTES EN AMBAS MATERIAS - REGISTRO NACIONAL DE BIENES HISTÓRICOS E HISTÓRICO ARTÍSTICO - REGISTRO DE BIENES DE INTERÉS CULTURAL - ACTIVIDADES - OBJETIVOS - FUNCIONES - COORDINACIÓN - INFORMACIÓN - INSTITUCIONES - REGISTROS - CATÁLOGOS - NACIONAL E INTERNACIONAL 

Publicación:

01/11/2007

Sanción:

18/10/2007

Organismo:

SUBSECRETARIA DE PATRIMONIO CULTURAL


Visto la Ley N° 1.227; el Decreto N° 312/06; la Resolución N° 1.371-MCGC/06, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 1.227 se estableció el marco legal para la investigación, preservación, salvaguarda, protección, restauración, promoción, acrecentamiento y transmisión a las generaciones futuras del Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (PCCABA);

Que por el art. 10 de la mencionada ley, se creó la Unidad Técnica de Coordinación Integral de Catálogos, Registros e Inventarios (UTCICRI), dependiente del Ministerio de Cultura en su calidad de autoridad de aplicación, a los efectos de recopilar y coordinar toda la información sobre los bienes culturales de la Ciudad existentes en cualquier tipo de fuente y que pertenezcan tanto al sector público como al de los particulares;

Que por el art. 10 in fine de la misma ley, corresponde sistematizar la información recopilada y coordinada por la UTCICRI a través de una base de datos que opere mediante un sistema en red para el conocimiento, difusión y goce de los declarados Bienes de Interés Cultural y Patrimonio Cultural Viviente, por parte de la Administración, los investigadores y la comunidad en general;

Que por Decreto N° 312/06 se aprobó la reglamentación de la mencionada ley, encomendándose en su art. 10 al Ministerio de Cultura, reglamentar la organización y el funcionamiento de la UTCICRI;

Que es necesario definir la composición, funciones y actividades de dicha Unidad, conforme a los principios y limitaciones establecidas en el artículo mencionado precedentemente;

Que por Resolución N° 1.371-MCGC/06 se delegaron las incumbencias que emanan de las normas citadas, a la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, y que a consecuencia de tales atribuciones corresponde instrumentar las medidas necesarias para la puesta en marcha, operatividad y funcionamiento de la UTCICRI;

Que por el art. 9°, inc. a) in fine del decreto ut supra citado se estableció entre las funciones de la autoridad de aplicación, la realización de la integración en una única plataforma informática común y en red, que permita la vinculación con todos los registros existentes conservando cada uno de ellos su particular organización registral;

Que con el resultado de dicha acción, resulta oportuno coordinar la información referida a la totalidad de los elementos declarados Bienes de Interés Cultural o Patrimonio Cultural Viviente de la Ciudad de Buenos Aires por el art. 9°, inc. a) in fine de la Ley N° 1.227 a los efectos de ser consignados en la plataforma antes indicada;

Que, dicha plataforma no puede considerarse un fin en sí misma, sino que constituye una herramienta necesaria para orientar sobre el catálogo, registro o inventario al que el interesado debe remitirse para obtener la totalidad de la información referida a determinado Bien de Interés Cultural;

Que en relación a lo antedicho no corresponde a la UTCICRI desarrollar nuevos inventarios ni la actualización de los existentes, ya que este trabajo dependerá como hasta ahora de las distintas áreas de competencia;

Que el Decreto N° 1.395/07 ha creado el Programa de Tecnologías Informáticas Aplicadas a la Cultura (TIAC), proveyéndole una Unidad de Coordinación a los efectos organizativos y funcionales;

Que, es conveniente utilizar la labor, la experiencia y la tecnología desarrolladas en el Programa TIAC para el funcionamiento de la UTCICRI, para lo cual el Ministerio de Cultura ha prestado su conformidad en el sentido de que la Unidad Coordinadora del TIAC ejerza la coordinación técnica de la UTCICRI;

Que a los efectos de formalizar un espacio de trabajo preexistente y vinculado a la tecnología, la modernización y la democratización en el acceso a la información resulta oportuno encomendar la coordinación técnica al TIAC;

Que en orden a la necesidad inmediata de poner en funcionamiento la UTCICRI a pesar de su complejidad y, que resultan necesarios recursos técnicos especializados para una implementación plena, se ha previsto que el mismo se materialice en dos etapas: una primera, en donde se ponga en funcionamiento la estructura básica del registro y, posteriormente, una segunda etapa en la cual se organice la implementación digital del mismo, como una unidad dinámica de gestión;

Que dicha primera etapa es la que se implementa mediante la presente resolución;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas en la normativa citada,

LA SUBSECRETARIA DE PATRIMONIO CULTURAL

RESUELVE:

Artículo 1° - Organízase la Unidad Técnica de Coordinación Integral de Catálogos, Registros e Inventarios (UTCICRI) a cargo de la Unidad Coordinadora del Programa de Tecnologías Informáticas Aplicadas a la Cultura (TIAC) dependiente del Ministerio de Cultura.

Artículo 2° - Sus objetivos, responsabilidades, funcionamiento y composición se detallan en el Anexo que se aprueba en este acto y forma parte de la presente.

Artículo 3° - Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial y pase, para su conocimiento y fines pertinentes, al Ministerio de Cultura, a la Subsecretaría de Gestión Cultural, a la Unidad Coordinadora del Programa de Tecnologías Informáticas Aplicadas a la Cultura. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 3049-07, establece que la Unidad Técnica de Coordinación Integral de Catálogos, Registros e Inventarios - UTCICRI será coordinado por la Unidad Coordinadora del Programa de Tecnologías Informáticas Aplicadas a la Cultura TIAC, creado por Decreto 1395-07, quedando ampliado su ámbito de aplicación</p>