RESOLUCIÓN 400 2001 SECRETARIA DE SALUD
Síntesis:
CREA LA COMISIÓN DE RED DE ENFERMEDAD DE CHAGAS DE LA SECRETARIA DE SALUD - DESIGNA A DIVERSOS PROFESIONALES - FUNCIONES - ACTIVIDADES
Publicación:
11/04/2001
Sanción:
06/03/2001
Organismo:
SECRETARIA DE SALUD
Visto la importancia que presentan actualmente las acciones derivadas de la enfermedad de Chagas en la salud de la población; y
CONSIDERANDO:
Que las actividades de prevención y atención de las acciones derivadas de la enfermedad de Chagas que es una parasitosis ampliamente difundida en América Latina y que afecta un 25% de la población requieren el concurso y la coordinación de los especialistas de los establecimientos asistenciales de la Ciudad de Buenos Aires para procurar el mejor resultado de las mismas;
Que la atención de las acciones derivadas de la enfermedad de Chagas en general y el requerimiento terapéutico en particular conlleva a un problema de altos costos y consecuente necesidad de normatización ;
Que asimismo, es conveniente establecer un asesoramiento idóneo de la Secretaría de Salud en los temas de prevención, protocolización y accesibilidad ;
Que es conveniente por lo expuesto la creación de una Comisión de Red de Enfermedad de Chagas integrada por los especialistas de los establecimientos asistenciales de la Ciudad de Buenos Aires ;
Que asimismo, requiere consideración específica la organización de los servicios con enfoque de red; en el marco que establece la Resolución N° 361-SS-96;
Por ello,
Artículo 1° Créase la Comisión de Red de Enfermedad de Chagas de la Secretaría de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, que dependerá funcionalmente de la Dirección General de Atención de la Salud.
Artículo 2° La Comisión de Red estará integrada por los siguientes profesionales:
ANEXOS
Coordinador: | ||
Dr. Jorge E.Mitelman | Ficha N° 239.180 | Htal. Alvarez |
Secretaria | ||
Dra. Luisa Gimenez | Ficha N° 333.932 | Htal. Alvarez |
Miembros: | ||
Dr. Raul Ruvinsky | Ficha N° 154.990 | Htal. Durand |
Dr. Héctor Freilij | Ficha N° 197.346 | Htal. Gutierrez |
Dra. Liliana Licciardi | Ficha N° 239.041 | Dir. Gral. Aten. Salud |
Dr. Roberto EP Cicca | Ficha N° 174.726 | Htal. R Mejía |
Dr. Marcelo Elizari | Ficha N° 150.955 | Htal. R Mejía |
Dr. Oscar Maimone | Ficha N° 215.515 | Htal. Rivadavia |
Dr. Francisco A.Saydman | Ficha N° 235.165 | Htal. Alvarez |
Artículo 3° Serán funciones de la Red de la Enfermedad de Chagas:
a) La elaboración y actualización permanente de los criterios y normas de atención de la especialidad, a fin de procurar su generalización en todos los establecimientos asistenciales de la Ciudad de Buenos Aires.
b) El asesoramiento a la Secretaría de Salud ante su requerimiento, sobre temas de incumbencia de la especialidad.
Artículo 4° La Comisión de Red de Anestesiología tendrá por objetivo la formulación, implementación, coordinación y supervisión de la red de servicios de la Enfermedad de Chagas asistenciales de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 8° La Comisión de Red de la Enfermedad de Chagas deberá cumplimentar las actividades previstas en la Resolución N° 361-SS-96.
Artículo 9° La Dirección General de Atención de Salud cursará invitación a la Asociación de Médicos Municipales para incorporar representantes a las Comisiones creadas por la presente Resolución.
Artículo 10 Regístrese, publíquese, comuníquese a los profesionales enumerados en el artículo 2°, a la Dirección General de Atención de la Salud y a las Direcciones de los establecimientos asistenciales. Cumplido, archívese.