DECRETO 1706 2007

Síntesis:

NORMA DEROGADA - DEJA SIN EFECTO LA CLÁUSULA SEXTA DE LOS CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS VIGENTES A LA FECHA. DEROGA EL ART. 6° DEL DECRETO N° 2.227-06. APRUEBA NUEVO MODELO DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS

Publicación:

28/11/2007

Sanción:

23/11/2007

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Visto el Decreto N° 2.227/06 (B.O. N° 2594), la Declaración N° 90/07 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Expediente N° 38.148/07, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 6° del citado decreto se aprobó el modelo de contrato para las locaciones de servicios que se celebran en el ámbito de esta Administración;

Que por la declaración referida, la Legislatura de la Ciudad insta al Poder Ejecutivo a suprimir la cláusula sexta de los contratos de locación de servicios suscriptos en dicho marco;

Que dicha cláusula establece que, sin perjuicio de la fecha de vencimiento establecida en el contrato, la relación queda rescindida a partir de la fecha en que cese en sus funciones el titular del Área donde el locador presta sus servicios;

Que se entiende conducente hacer lugar a lo peticionado por el cuerpo legislativo y, al mismo tiempo, modificar el modelo de contrato que para el futuro se utilice bajo el mencionado régimen locativo;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Déjase sin efecto la cláusula sexta de cada uno de los contratos de locación de servicios vigentes a la fecha, celebrados con personas físicas por funcionarios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2° - Derógase el artículo 6° del Decreto N° 2.227/06.

Artículo 3° - Apruébase el nuevo modelo de contrato bajo el régimen de locación de servicios, el que como Anexo se adjunta al presente y, como tal, forma parte integrante del mismo.

Artículo 4° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda.

Artículo 5° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones con rango o nivel equivalente, y a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
MODIFICA
Dto. 1706-07, Art. 2° deroga el Art. 6° del Dto. 2227-06