RESOLUCIÓN 4635 2007 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
SE FIJA PLAZO DE COBERTURA DE INTERINATOS Y SUPLENCIAS EN CARGOS INICIALES - ÁREA EDUCACIÓN INICIAL - EDUCACIÓN PRIMARIA - ÁREA CURRICULAR DE MATERIAS ESPECIALES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - CONVOCATORIA - INSCRIPCIÓN - ASPIRANTES A INTERINATOS Y SUPLENCIAS- EXCEPCIÓN
Publicación:
28/11/2007
Sanción:
17/10/2007
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
Visto, la Carpeta N° 8.286-MEGC/07, y
CONSIDERANDO:
Que las Áreas de la Educación Inicial, de la Educación Primaria y del Área Curricular de Materias Especiales están atravesando una situación extraordinaria debido a la gran cantidad de docentes que han accedido a su beneficio jubilatorio;
Que dicha circunstancia ha originado que se agotasen los listados en vigencia de candidatos inscriptos oportunamente para cubrir interinatos y suplencias;
Que es función insoslayable y primordial del Ministerio de Educación garantizar la prestación del servicio educativo en el marco de los estándares de calidad que le son propios;
Que, en virtud de lo expuesto ,resulta imperioso arbitrar los medios necesarios para paliar la situación excepcional educativa en la que las citadas Áreas del Sistema Educativo se encuentran;
Que la reglamentación del art. 66, inciso i) de la Ordenanza N° 40.593 faculta a las Direcciones de Áreas, en el supuesto de carencia de inscriptos para cubrir interinatos y suplencias, a proponer aspirantes al margen de los listados vigentes a las respectivas Juntas de Clasificación Docente con el fin de que procedan a clasificarlos de inmediato para su habilitación a los efectos indicados;
Que, a tenor de lo expuesto, se considera oportuno que las Direcciones de las Área de Educación Inicial y Primaria efectúen las respectivas convocatorias, utilizando, a este efecto, los medios masivos de comunicación que consideren adecuados para garantizar la debida divulgación de aquéllas a la totalidad de los interesados en las mismas;
Que ha tomado debida intervención la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional;
Por ello,
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
Artículo 1° - Fíjase el plazo sesenta días para la cobertura de interinatos y suplencias, de acuerdo con las pautas establecidas en los artículos siguientes, en cargos iniciales del escalafón de las Áreas de la Educación Inicial, de Educación Primaria y del Área Curricular de Materias Especiales.
Artículo 2° - Autorízase a las Direcciones de las Áreas de Educación Inicial y Primaria a convocar a inscripción extraordinaria de aspirantes a interinatos y suplencias, en los términos de la reglamentación del art. 66, inciso i) de la Ordenanza N° 40.593, en las Áreas citadas desde el 22 de octubre de 2007 hasta el 22 de diciembre de 2007.
Artículo 3° - Inclúyanse en esta inscripción extraordinaria a aspirantes a maestros de sección y maestros celadores de nivel inicial, a maestros de grado de Educación Primaria, a maestros del Área de Materias Curriculares y a maestros bibliotecarios, publicitándose la convocatoria aludida en el art. 2° a través de los medios masivos de comunicación que resulten idóneos para garantizar su conocimiento por parte de todos los interesados.
Artículo 4° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese por copia a las Subsecretarías de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria y de Educación, a las Direcciones Generales de Educación, de Coordinación Financiera y Contable y de Coordinación Legal e Institucional. Cumplido, archívese.