DECRETO 1798 2007

Síntesis:

SE APRUEBA ACTA ACUERDO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS SUSCRIPTA ENTRE EL SUBSECRETARIO DE HIGIENE URBANA Y LATINOCONSULT SA - SERVICIO DE INSPECCIÓN Y CONTROL INTEGRAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE HIGIENE URBANA PARA LA ZONA 3 - LICITACIÓN PÚBLICA N° 1-05

Publicación:

06/12/2007

Sanción:

03/12/2007

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 2.514/06, y

CONSIDERANDO:

Que, por el citado expediente tramita la presentación de la empresa Latinoconsult S.A., adjudicataria del Servicio de Inspección y Control Integral del Servicio Público de Higiene Urbana para la zona 3, correspondiente a la Licitación Pública N° 1/05;

Que, de las constancias agregadas a estas actuaciones se desprende que se ha configurado en los meses de noviembre de 2005 y julio de 2006 la variación respecto del precio adjudicado, circunstancia esta que habilita la redeterminación del mismo de conformidad con lo dispuesto por el art. 65 del pliego de bases y condiciones;

Que, habiendo intervenido la Comisión de Redeterminación de Precios, el Coordinador de la Unidad Técnica de Redeterminación de Precios, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa y la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se suscribió el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precios entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, representado por el señor Subsecretario de Higiene Urbana y la empresa contratista;

Por ello, y en uso de atribuciones legales que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase en todos sus términos el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precios suscripta el día 9 de octubre del corriente año por el señor Subsecretario de Higiene Urbana y la empresa Latinoconsult S.A., que como Anexo forma parte integrante del presente.

Artículo 2° - El gasto que demande el presente será imputado en la partida presupuestaria correspondiente.

Artículo 3° - El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Medio Ambiente y Hacienda.

Artículo 4° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a los Ministerios de Medio Ambiente y Hacienda. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Dto 1797-07 aprueba acta acuerdo de redeterminación de precios, en el marco de la Licitación Pública 1-05 - LATINOCONSULT