LEY 2549 2007

Síntesis:

DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A OCUPACIÓN TEMPORARIA INMUEBLE - CALLE ANDONAEGUI 2720-50 - PEDRO J RIVERA 5401-43 - COOPERATIVA DE TRABAJO TRABAJADORES DE MAC BODY LIMITADA - TRABAJADORES DE LA EX EMPRESA NIKMAZE SA - EXPROPIACIÓN

Publicación:

07/12/2007

Sanción:

29/11/2007

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

06/12/2007


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Declárese de utilidad pública y sujeto a ocupación temporaria en los términos del artículo 30 de la Ley N° 238 (B.O.C.B.A. N° 798 de fecha 15/10/99), el inmueble ubicado en la calle Andonaegui 2720/50 y Pedro I. Rivera 5401/43 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Nomenclatura Catastral, Circ. 16, Secc. 63, Mza. 78, Parc. 1A.

Artículo 2° - El plazo de la ocupación temporaria será de dos (2) años contados a partir de la promulgación de la presente ley.

Artículo 3° - Declárense de utilidad pública y sujetos a expropiación, en los términos de la Ley N° 238 (B.O.C.B.A. N° 798 de fecha 15/10/99), los bienes muebles e instalaciones y los bienes intangibles existentes en el inmueble mencionado en el art. 1°, incluidos los enunciados en los Anexos I y II.

Artículo 4° - El mencionado predio y sus bienes muebles, instalaciones e intangibles deben ser destinados al funcionamiento de la Cooperativa de Trabajo Trabajadores de Mac Body Limitada formada por los trabajadores de la ex empresa Nikmaze S.A.

Artículo 5° - La determinación del precio de los bienes sujetos a expropiación se hará de acuerdo a lo establecido por el artículo 10 de la Ley N° 238 (B.O.C.B.A. N° 798 de fecha 15/10/99).

Artículo 6° - La Ciudad Autónoma de Buenos Aires cede en comodato a la Cooperativa de Trabajo Trabajadores de Mac Body Limitada los bienes a expropiar con la condición que la entidad continúe con la explotación comercial que desarrollaba la mencionada empresa.

Artículo 7° - Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley deben ser imputados a la partida presupuestaria correspondiente al presupuesto general de gastos y cálculos de los recursos de la Ciudad de Buenos Aires del Ejercicio 2008.

Artículo 8° - Una vez finalizado el plazo establecido en el art. 2° de la presente ley, autorícese a la Cooperativa de Trabajo Trabajadores de Mac Body Limitada a expropiar el inmueble citado conforme lo establecido en el artículo 3° de la Ley N° 238 (B.O.C.B.A. N° 798 de fecha 15/10/99).

Artículo 9° - El Poder Ejecutivo, a los treinta (30) días de promulgada la presente ley, iniciará el proceso expropiatorio.

Artículo 10 - Comuníquese, etc.de Estrada - Bello


ANEXOS

ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 16 de la Ley 1529, incorporado por el artículo 5 de la Ley 2970, deroga los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de la Ley 2549.</p>
PROMULGADA POR
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 199-MDE-08 delega en la DGTAyL del MDEGC, todas las actividades necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 2549.</p>