RESOLUCIÓN 182 2000 SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Y PARTICIPACION CIUDADANA F/N
Síntesis:
ENCOMIENDASE A LA D.G. C.G.P. N° 5 - CENTRO DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN 5 A REALIZAR TAREAS DE INDIVIDUALIZACIÓN DE ADJUDICATARIOS DEL BARRIO SAN MARTIN - EX VILLA CHARRUA - VILLA 12) PARA LA ESCRITURACIÓN DE VIVIENDAS
Publicación:
18/04/2001
Sanción:
23/11/2000
Organismo:
SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Y PARTICIPACION CIUDADANA F/N
Visto, la Ordenanza N° 44.873 (B.M. N° 19.006), los Decretos Nros. 1631/91 (B.M. N° 19032), 213-GCBA-96 (B.O. N° 39), 483-GCBA-96 (B.O. N° 86), relacionados con los Centros de Gestión y Participación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Escribanía General de la Ciudad de Buenos Aires, se encuentra abocada a la escrituración de las viviendas del barrio General San Martín (ex Villa Charrúa o Villa 12);
Que, dicho barrio consta de aproximadamente 300 unidades funcionales, el cual fue incluido en el Programa de Radicación de Villas y Barrios Carenciados para lo cual se contempló la regularización dominial, ordenando la venta a sus ocupantes, conforme a lo dispuesto por la Ordenanza N° 44.873 (B.M. N° 19.006);
Que, dentro del marco de la norma aludida se suscribieron oportunamente los boletos de compraventa, por lo que una vez cumplidos los recaudos que establece la ordenanza, corresponde su escrituración;
Que, habiendo sido citados los adquirentes por los escribanos designados por la Escribanía General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, para suscribir la escritura traslativa de dominio, ellos no han concurrido al acto escriturario;
Que, en tal sentido, se hace necesario agotar todos los medios disponibles para citar a los adquirentes y, en su caso, conocer los motivos o problemas que pudieron dificultar o impedir su concurrencia a tales fines;
Que, se hace necesario contar con personal que lleve a cabo, en el barrio, dichas tareas a fin de individualizar a los adquirentes y, en su caso, evacuar dudas y consultas por parte de los beneficiarios, colaborando a formar en los adquirentes del barrio, un cabal concepto de la importancia de contar con el instrumento público, por el cual el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires le transmite el dominio a título de venta de su propiedad;
Que, en el ámbito de la Dirección General del Centro de Gestión y Participación N° 5 dependiente de la Subsecretaría de Descentralización, se encuentra el barrio citado anteriormente;
Que, en tal sentido se hace necesario fijar las actividades, y metodología operativa para un mejor resultado de tal relevamiento;
Por ello,
Artículo 1° - Encomiéndase a la Dirección General Centro de Gestión y Participación N° 5, dependiente de la Subsecretaría de Descentralización, a realizar las tareas tendientes a la individualización de aquellos adjudicatarios del Barrio San Martín (ex Villa Charrúa o Villa 12), que se encuentren en condiciones de escriturar, como así también llevar a cabo reuniones informativas, efectuar la notificación de la fecha establecida para la escrituración, y organizar en el lugar que se determine el acto escriturario.
Artículo 2° - La Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, otorgará el listado con la nómina de adjudicatarios que se encuentran en condiciones de escriturar y designará los escribanos de nómina que otorgarán las correspondientes escrituras en el acto que, a tal efecto se convoque.
Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Descentralización, a la Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las Direcciones Generales Descentralización Administrativa y Centro de Gestión y Participación N° 5. Cumplido, archívese. Siciliano - Gaitán