RESOLUCIÓN 800 2007 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
RATIFICA EL SUPLEMENTO POR TAREAS NOCTURNAS PARA EL PERSONAL DEL CENTRO DE ATENCIÓN TRANSITORIA Y LÍNEA 102 - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
Publicación:
21/12/2007
Sanción:
26/11/2007
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Visto la Ley N° 114 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Decreto N° 1.760/00 que establecen las atribuciones del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como el Decreto N° 3.544/1 (B.M. N° 19.131), y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de los Derechos, de acuerdo con los artículos 59 y 60 de la Ley N° 114, cuenta con servicios para cumplir con las funciones que le compete en relación con la promoción y protección de los derechos de la infancia;
Que hay determinadas Áreas que por su especificidad deben cubrir las 24 horas, para lo cual se requiere personal en horarios nocturnos;
Que el Decreto N° 3.544/1 (B.M. N° 19.131), establece la asignación de un suplemento por el desempeño de funciones en dichos horarios;
Que la Ley N° 114 establece en su artículo 55, como parte de las atribuciones de la Presidencia del Consejo, fijar las remuneraciones del personal;
Que la Resolución N° 34-CDNNyA/02 fija el suplemento por tareas nocturnas del personal de planta permanente (Decreto N° 3.544/1, B.M. N° 19.131) que cumple tareas en el Centro de Atención Transitoria y Línea 102;
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS
DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
Artículo 1° - Ratifíquese el suplemento por tareas nocturnas del personal de planta permanente que cumple tareas en el Centro de Atención Transitoria y Línea 102, a partir del 1° de enero de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008.
Artículo 2° - Regístrese, remítase para su cumplimiento al Área Administrativa/RR HH, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, archívese.