RESOLUCIÓN 34 2002 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
FIJA, A PARTIR DE ABRIL DE 2002, EL SUPLEMENTO POR TAREAS NOCTURNAS PARA EL PERSONAL DE PLANTA QUE CUMPLE TAREAS EN EL CENTRO DE ATENCIÓN TRANSITORIA - CAT - DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES.
Publicación:
17/10/2002
Sanción:
09/09/2002
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Visto la Ley N° 114 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Decreto N° 1.760/00 que establecen las atribuciones del Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, así como el Decreto N° 3.544/1 B.M. N° 19.131, y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de los Derechos, de acuerdo con los artículos 59 y 60 de la Ley N° 114, cuenta con servicios para cumplir con las funciones que le competen en relación con la promoción y protección de los derechos de la infancia;
Que hay determinadas áreas que por su especificidad deben cubrir las 24 hs., para lo cual se requiere personal en horarios nocturnos;
Que el Decreto N° 3.544/1 B.M. N° 19.131 establece la asignación de un suplemento por el desempeño de funciones en dichos horarios;
Que la Ley N° 114 establece, en su artículo 55, como parte de las atribuciones de la Presidencia del Consejo, fijar las remuneraciones del personal;
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS
DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Artículo 1° Fíjese a partir del primer día hábil del mes de abril de 2002 el suplemento por tareas nocturnas para el personal de planta comprendido en el Si.Mu.P.A. (Decreto N° 3.544/1 B.M. N° 19.311) que cumple tareas en el Centro de Atención Transitoria (C.A.T.) de este organismo.
Artículo 2° Regístrese, remítase para su cumplimiento al Area Administrativa, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido archívese. Naddeo