RESOLUCIÓN 87 2005 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
RATIFICA SUPLEMENTO POR TAREAS NOCTURNAS - PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE - RATIFICACIÓN - CENTRO DE ATENCIÓN TRANSITORIA
Publicación:
18/01/2006
Sanción:
29/12/2005
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Visto la Ley N° 114 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Decreto N° 1.760/00 que establecen las atribuciones del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como el Decreto N° 3.544-MCBA/91 B.M. N° 19.131, y
CONSIDERANDO:
Que el consejo de los derechos, de acuerdo con los artículos 59 y 60 de la Ley N° 114, cuenta con servicios para cumplir con las funciones que le compete en relación con la promoción y protección de los derechos de la infancia;
Que hay determinadas áreas que por su especificidad deben cubrir las 24 horas, para lo cual se requiere personal en horarios nocturnos;
Que el Decreto N° 3.544-MCBA/91 B.M. N° 19.131, establece la asignación de un suplemento por el desempeño de funciones en dichos horarios;
Que la Ley N° 114 establece en su artículo 55, como parte de las atribuciones de la Presidencia del Consejo, fijar las remuneraciones del personal;
Que la Resolución N° 34-CDNNyA/02 fija el suplemento por tareas nocturnas del personal de planta permanente comprendido en el Si.Mu.P.A. (Decreto N° 3.544-MCBA/91 B.M. N° 19.131) que cumple tareas en el Centro de Atención Transitoria;
Por ello,
DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
RESUELVE:
Artículo 1° - Ratifíquese el suplemento por tareas nocturnas del personal de planta permanente comprendido en el Si.Mu.P.A. que cumple tareas en el Centro de Atención Transitoria, a partir del 1° de enero del 2006 hasta el 31 de diciembre del 2006.
Artículo 2° - Regístrese, remítase para su cumplimiento al Área Administrativa/RR HH, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido archívese.