DECRETO 1 2008
Síntesis:
SE CONVOCA A LA LEGISLATURA A SESIÓN EXTRAORDINARIA PARA EL DÍA 10-1-2008 - TRATAMIENTO DEL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 1-08 - DNYU- OBSBA - DESREGULACIÓN - INTERVENCIÓN - OBRA SOCIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - CONVOCATORIA
Publicación:
08/01/2008
Sanción:
03/01/2008
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/08, el Expediente N° 93.219/07, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad a lo normado en el artículo 74 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la Legislatura puede ser convocada a sesiones extraordinarias por el Jefe de Gobierno, siempre que razones de gravedad lo reclamen;
Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 103 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los decretos de necesidad y urgencia deben ser remitidos a la Legislatura para su ratificación dentro de los diez (10) días corridos de su dictado, bajo pena de nulidad;
Que las razones que dieran lugar al dictado del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/08 revisten la gravedad necesaria para fundamentar la convocatoria del cuerpo legislativo a sesiones extraordinarias;
Por ello, y en uso de las facultades constitucionales que le son propias,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1° - Convócase a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a sesión extraordinaria para el día jueves 10 de enero de 2008 a las 15 horas, a los fines del tratamiento del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/08.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control. Cumplido, archívese.