DECRETO 354 2007 VICEPRESIDENCIA PRIMERA
Síntesis:
SUPRIME CARGOS Y MODIFICA FUNCIONES - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Publicación:
21/01/2008
Sanción:
11/12/2007
Organismo:
VICEPRESIDENCIA PRIMERA
Visto el Expediente N° 32.083-SA/07, y los Decretos Nros. 365-VP/04 del 29 de diciembre de 2004, 39-VP/05 del 15 de marzo de 2005, 340-VP/05 del 14 de diciembre de 2005 y 22-VP/06 del 27 de enero de 2006, y 126-VP/06 del 27 de junio de 2006, y
CONSIDERANDO:
Que por los Decretos Nros. 365-VP/04 del 29 de diciembre de 2004, 39-VP/05 del 15 de marzo de 2005, 340-VP/05 del 14 de diciembre de 2005 y 22-VP/06 del 27 de enero de 2006, se aprobó la Estructura Orgánica-Funcional de las unidades orgánicas dependientes de la Presidencia, Vicepresidencia 1°, Vicepresidencia 2ª, Secretaría Administrativa, Secretaría de Coordinación y Secretaría Parlamentaria de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del primer nivel operativo y la correspondiente a las aperturas inferiores;
Que por Decreto N° 126-VP/06, se aprobó el texto ordenado de la Estructura Orgánica-Funcional, con sus respectivos anexos de Objetivos y Acciones, Organigramas y Distribución de Cargos de Jefatura;
Que, resulta necesario para una mejor gestión funcional de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, proceder a efectuar algunas modificaciones en su estructura, a fin de disponer de un adecuado orden administrativo acorde a las necesidades actuales de la misma;
Que con este nuevo orden administrativo la labor de las distintas unidades orgánicas de la Legislatura permitirá visualizar mejor la función y responsabilidad de cada uno de los agentes que las componen;
Que es necesario en consecuencia optimizar el funcionamiento de unidades orgánicas adecuándolas a la actual dinámica y necesidad de la Legislatura;
Que a los efectos de un buen orden administrativo, razones de practicidad y economía administrativa aconsejan aprobar la modificación de la Estructura Orgánica-Funcional, Organigramas y Distribución de Cargos de Jefaturas;
Que el presente acto se emite en orden a las facultades conferidas a la Vicepresidencia Primera por el artículo 71 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el artículo 88 del reglamento interno de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello,
EL VICEPRESIDENTE PRIMERO
DE LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1° - Elimínase el Anexo I-56 (Objetivos y Acciones), II-56 (Organigramas) y III-56 Distribución de Cargos de Jefaturas - Decreto N° 126-VP/06 del 27 de junio de 2006, - Estructura Orgánica-Funcional - Subsecretaría de Modernización Parlamentaria.
Artículo 2° - Elimínase el Anexo I-59 (Objetivos y Acciones), II-59 (Organigramas) y III-59 Distribución de Cargos de Jefaturas - Decreto N° 126-VP/06 del 27 de junio de 2006, - Estructura Orgánica-Funcional - Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad.
Artículo 3° - Elimínase el Anexo I-57 (Objetivos y Acciones), II-57 (Organigramas) y III-57 Distribución de Cargos de Jefaturas - Decreto N° 126-VP/06 del 27 de junio de 2006, - Estructura Orgánica-Funcional - Dirección General de Apoyo Parlamentario.
Artículo 4° - Elimínase el Anexo I-58 (Objetivos y Acciones), II-58 (Organigramas) y III-58 Distribución de Cargos de Jefaturas - Decreto N° 126-VP/06 del 27 de junio de 2006, - Estructura Orgánica-Funcional - Dirección General de Relaciones Parlamentarias.
Artículo 5° - Modifícase la denominación de la Subsecretaría de Asuntos Institucionales de los Anexo I-23 (Objetivos y Acciones), II-23 (Organigramas) y III-23 Distribución de Cargos de Jefaturas - Decreto N° 126-VP/06 del 27 de junio de 2006, - Estructura Orgánica-Funcional por el siguiente:
Subsecretaría de Coordinación Institucional.
Artículo 6° - Establécese que la Dirección General de Relaciones Institucionales pasa a depender de la Vicepresidencia I.
Artículo 7° - Establécese que la Dirección General de Cultura pasa a depender de la Subsecretaría de Coordinación Institucional.
Artículo 8° - Establécese que la Dirección General de Relaciones con la Comunidad pasa a depender de la Vicepresidencia II.
Artículo 9° - Establécese que la Dirección General de Relaciones Internacionales y Cooperación pasa a depender de la Subsecretaría de Coordinación.
Artículo 10 - Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese. Cumplido, archívese.