DECRETO 87 2008
Síntesis:
SE ESTABLECE QUE EL INSTITUTO SUPERIOR DE LA CARRERA CONSTITUYE UNA UNIDAD DE ORGANIZACIÓN - MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - NIVEL Y RETRIBUCIÓN DE DIRECCIÓN GENERAL A LA COORDINACIÓN GENERAL EJECUTIVA - DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIOS - MARÍA KARINA SPALLA - LUIS ALEJANDRO ANTÚN - MARCELO ALEJANDRO CORTI - GUSTAVO SALVADOR VARDÉ - LUIS EDUARDO CHANTRES - GASTÓN SISELES -
Publicación:
06/02/2008
Sanción:
30/01/2008
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto la Ley N° 471 (B.O.C.B.A. N° 1026), la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824), el Decreto N° 726/07 (B.O.C.B.A. N° 2691), el Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829) y el Expediente N° 2.026/08, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 471 se sancionó el Régimen de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en su artículo 62 se establece la creación del Instituto Superior de la Carrera Administrativa, disponiendo que su integración será acordada en las convenciones colectivas de trabajo y reglamentada por la autoridad competente;
Que, por Acta Paritaria N° 18/06, la Comisión Central para la Negociación Colectiva acordó la constitución de un Instituto de Capacitación integrado por cinco (5) miembros, con la presidencia a cargo del Poder Ejecutivo;
Que por Decreto N° 726/07 se creó como Organismo Fuera de Nivel el Instituto Superior de la Carrera del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Hacienda;
Que dicha norma estableció que el Directorio está integrado por cinco miembros ad honórem, entre los cuales el Ministro de Hacienda ejerce la presidencia, facultándoselo, asimismo, para realizar dichas designaciones;
Que en su artículo 4° se estipuló que el referido Instituto funcionará en orden al Estatuto Organizativo y Estructura que apruebe dicho Directorio;
Que por Decreto N° 2.075/07 se aprobó la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo al mencionado Instituto como Organismo Fuera de Nivel en el ámbito del Ministerio de Hacienda;
Que por Resolución N° 1-MHGC/08 se designaron a los nuevos integrantes del Directorio del Instituto Superior de la Carrera del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Acta N° 1/08 el Directorio aprobó el Estatuto Organizativo y Estructura que regirá el funcionamiento y la organización del referido Instituto;
Que mediante Acta N° 2/08, el mencionado Directorio, eleva al Ministerio de Hacienda las propuestas de designación para cubrir los cargos aprobados y solicita la constitución del Instituto como Unidad de Organización;
Que, asimismo, en el acta mencionada precedentemente, se propone otorgar nivel y retribución de Dirección General a la Coordinación General Ejecutiva atribuyéndole las facultades inherentes a dicha función y la responsabilidad de la Unidad Ejecutora Instituto Superior de la Carrera del G.C.B.A. y en lo que respecta a las Coordinaciones y la Unidad de Comunicación, otorgar una remuneración equivalente al 75% y 60%, respectivamente, de la prevista para dicha Coordinación General Ejecutiva;
Que, en este sentido, el Directorio propuso la designación de la Sra. María Karina Spalla, DNI 21.951.563, CUIL 23-21951563-4, como Coordinadora General Ejecutiva "ad honórem"; al Lic. Luis Alejandro Antún, DNI 10.962.687, CUIL 20-10962687-3, como Coordinador de Formación Continua "ad honórem"; al Lic. Marcelo Alejandro Corti, DNI 27.940.831, CUIL 20-27940831-5, como Coordinador Técnico, Administrativo y Legal; al Lic. Gustavo Salvador Vardé, DNI 13.565.221, CUIL 20-13565221-1, como Coordinador de Desarrollo y Estudios "ad honórem"; al Lic. Luis Eduardo Chantres, DNI 13.800.192, CUIL 20-13800192-0, Ficha N° 322.019, como Coordinador de Logística y al Lic. Gastón Siseles, DNI 25.790.559, CUIL 20-25790559-5, como Responsable de la Unidad de Comunicación;
Que en el marco de las políticas referidas a los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires instrumentadas por este Poder Ejecutivo, resulta necesario e indispensable el fortalecimiento de las herramientas existentes para la capacitación de los mismos a fin de optimizar su desempeño acorde los requerimientos de calidad y excelencia en la prestación de los servicios que se brindan a la comunidad;
Que el Instituto propicia contribuir a la formación y capacitación continua de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objeto de jerarquizar las labores de los mismos en el marco de la Carrera Administrativa;
Que el Ministerio de Hacienda, en su carácter de autoridad de aplicación del Escalafón General para el Personal de Planta Permanente y conforme las competencias asignadas por la Ley N° 2.506 (Ley de Ministerios), aconseja proveer de conformidad a lo propuesto por el Directorio del Instituto Superior de la Carrera del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1° - Estipúlase que el Organismo Fuera de Nivel Instituto Superior de la Carrera del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye una Unidad de Organización.
Artículo 2° - Asignásele a la Coordinación General Ejecutiva del Instituto Superior de la Carrera del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el nivel y retribución equivalente a Director General, conforme lo establecido en el artículo 4° del Decreto N° 2.075/07, las facultades y atribuciones inherentes a dicho nivel y la responsabilidad de la Unidad Ejecutora Instituto Superior de la Carrera.
Artículo 3° - Asignánsele a las Coordinaciones dependientes de la Coordinación General Ejecutiva una remuneración equivalente al 75% de la remuneración prevista en el artículo 2° del presente y al 60% para el Responsable de la Unidad de Comunicación.
Artículo 4° - Desígnase ad honórem a la Sra. María Karina Spalla, DNI 21.951.563, CUIL 23-21951563-4, como Coordinadora General Ejecutiva del Instituto Superior de la Carrera del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del Ministerio de Hacienda.
Artículo 5° - Desígnase ad honórem al Lic. Luis Alejandro Antún, DNI 10.962.687, CUIL 20-10962687-3, como Coordinador de Formación Continua del Instituto Superior de la Carrera del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del Ministerio de Hacienda.
Artículo 6° - Desígnase al Lic. Marcelo Alejandro Corti, DNI 27.940.831, CUIL 20-27940831-5 como Coordinador Técnico, Administrativo y Legal del Instituto Superior de la Carrera del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del Ministerio de Hacienda, reservándose los derechos establecidos en el Decreto N° 526/06 dado que el nombrado posee un contrato de relación de dependencia conforme el Decreto N° 948/05.
Artículo 7° - Desígnase ad honórem al Lic. Gustavo Salvador Vardé, DNI 13.565.221, CUIL 20-13565221-1, como Coordinador de Desarrollo y Estudios del Instituto Superior de la Carrera del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del Ministerio de Hacienda.
Artículo 8° - Desígnase al Lic. Luis Eduardo Chantres, DNI 13.800.192, CUIL 20-13800192-0, Ficha N° 322.019, como Coordinador de Logística del Instituto Superior de la Carrera del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del Ministerio de Hacienda reteniendo partida 4020.0000.PB.02.0285.227 (N20) de la Dirección General Adjunta del Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME) de la Dirección General de Redes y Servicios de Salud dependiente del Ministerio de Salud.
Artículo 9° - Desígnase al Lic. Gastón Siseles, DNI 25.790.559, CUIL 20-25790559-5, como Responsable de la Unidad de Comunicación del Instituto Superior de la Carrera del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del Ministerio de Hacienda.
Artículo 10 - El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente.
Artículo 11 - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda, por el señor Ministro de Salud y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 12 - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Hacienda, al Fuera de Nivel Instituto Superior de la Carrera del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.