RESOLUCIÓN 20 2008 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

DESESTIMACIÓN DE RECURSOS - SE DESESTIMA RECURSO DE RECONSIDERACIÓN - SERGIO VERRUNO - CONTRA LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN 1924-MHGC-07 - LOCACIÓN DE SERVICIOS

Publicación:

07/02/2008

Sanción:

14/01/2008

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


Visto el Registro N° 6.427-DGTALMC/07, y

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada actuación tramita la presentación efectuada por el Arq. Sergio Verruno, impugnando los términos de la Resolución N° 1.924-MHGC/07;

Que, desde el aspecto formal, el acto recurrido fue dictado en uso de facultades delegadas, por lo que merece el mismo tratamiento que un decreto del señor Jefe de Gobierno;

Que, atento que el recurrente impugna un acto administrativo de carácter definitivo, el mismo sólo es susceptible del recurso de reconsideración previsto en el artículo 103 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por el Decreto N° 1.510/97, en virtud de la remisión efectuada por su artículo 119, por lo que corresponde dar a su presentación el tratamiento de recurso de reconsideración;

Que, asimismo, toda vez que no consta en los actuados la fecha de notificación del acto recurrido, el recurso debe ser considerado como presentado en término en virtud de lo dispuesto en el artículo 45 de la citada Ley de Procedimientos;

Que la Resolución N° 959-MHGC/07 (B.O.C.B.A. N° 2667), en su artículo 1° instruyó a la entonces Dirección General de Recursos Humanos para realizar un censo de las personas que se desempeñan en este Gobierno de la Ciudad bajo el régimen de locación de servicios, con contratos vigentes en la actualidad y que tuvieran fecha de finalización fijada al 31 de diciembre de 2007, con las excepciones previstas en el artículo 2° de la norma;

Que, a su vez, la Disposición N° 276-DGRH/07 (B.O.C.B.A. N° 2671), aprobó el procedimiento para la realización del censo de las personas contratadas bajo la modalidad de locación de servicios conforme se establece en su Anexo;

Que la Resolución N° 1.924-MHGC/07 (B.O.C.B.A. N° 2715), considerando el Acta de Negociación Colectiva N° 10/07, dispuso que los contratos bajo régimen de locación de servicios celebrados con las personas censadas en virtud de la Resolución N° 959-MHGC/07, con vigencia en la actualidad y fecha de finalización al 31 de diciembre de 2007, son adecuados al régimen establecido en la primera parte del artículo 39 de la Ley N° 471, a partir del 1° de septiembre del corriente año;

Que el artículo 3° de la norma dispuso que ...Las personas censadas en virtud de la Resolución N° 959-MHGC/07 pueden optar por no ingresar en el sistema dispuesto por el artículo 1° de la presente, en cuyo caso deben manifestarlo expresamente en la Dirección General de Recursos Humanos no más allá del 31 de agosto de 2007...;

Que, en este último supuesto, ...la persona contratada continúa con la locación de servicios hasta la finalización del contrato respectivo -salvo interrupción previa por razones contractuales o de servicio- el que no puede ser renovado...;

Que, a su vez, el artículo 4° prescribe que ...Todas las personas que queden incluidas en el nuevo régimen son remuneradas, a partir del 1° de septiembre de 2007, con el monto equivalente al nivel inicial del agrupamiento que le corresponde a quien realiza tareas similares en la planta permanente, según lo aprobado por Decreto N° 583/05 y normas modificatorias, y desde dicha fecha se rigen por las pautas contractuales aprobadas en el Anexo II de la Resolución N° 3.206-SH y F/05...;

Que, el causante expresa ...El ingreso al sistema dispuesto por la Resolución N° 1.924-MHGC/07, implica una sustancial reducción salarial en relación a lo que hoy en concepto de honorarios percibo, sin garantizar la permanencia en el empleo...;

Que, asimismo manifiesta ...La opción de no ingreso al sistema dispuesto por la Resolución N° 1.924-MHGC/07, previsto en el art. 3° de la misma, si bien me permitiría mantener el ingreso actual, me condena a la pérdida del empleo al finalizar el año en curso, lo cual es inconstitucional...;

Que, al respecto, se agrega en copia certificada un listado que contiene una nómina de personas -entre las que se encuentra el interesado- que optaron por no ingresar al nuevo régimen establecido por la Resolución N° 1.924-MHGC/07;

Que, por otra parte, obra copia certificada del contrato de locación de servicios suscripto por el interesado para desempeñar tareas en la entonces Dirección General de Infraestructura dependiente del Ministerio de Cultura, como inspector de obras, por el período comprendido entre el 1°/1/07 y el 31/12/07, estipulando un pago en concepto de honorarios de pesos treinta mil

($ 30.000), en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de pesos dos mil quinientos ($ 2.500);

Que, ahora bien, el artículo 3° de la resolución recurrida, es claro al prescribir que el causante se encuentra facultado para ejercer la opción a ingresar al sistema estipulado en su artículo 1°, o caso contrario continuar con la locación de servicios hasta la finalización del contrato respectivo;

Que, en consecuencia, al tomar la decisión de no ser incluido en los términos de la Resolución N° 1.924-MHGC/07, el interesado tenía conocimiento de las consecuencias que producía tal decisión;

Que, en suma, conocía que el hecho de haber optado por continuar con el contrato de locación de servicios, generaba indefectiblemente la extinción del mismo al vencimiento del plazo contractual;

Que, en virtud de lo expuesto, no puede el Arq. Verruno cuestionar la aplicación de los artículos 3° y 4° de la resolución en cuestión, toda vez que aceptó someterse voluntariamente a sus términos;

Que, siendo así, pretender desconocer las condiciones pactadas, sería ir contra sus propios actos venire contra actum propium nom valet;

Que, en mérito a las consideraciones vertidas, corresponde desestimar el recurso de reconsideración incoado;

Por ello, atento lo dictaminado por la Procuración General, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto N° 1.510/97, B.O.C.B.A. N° 310),

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1° - Desestímase el recurso de reconsideración incoado por el Arq. Sergio Verruno, contra los términos de la Resolución N° 1.924-MHGC/07.

Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese al interesado haciéndole saber que el presente acto no es susceptible de recurso alguno y, para su conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RATIFICA
Res. 20-MHGC-08 Desestima recurso contra la Res. 1924-MHGC-07