RESOLUCIÓN 636 2001 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

APRUEBA ACTA ACUERDO CON LA FIRMA COMUNICARTE - PROVISIÓN DEL SERVICIO DE CLASIFICACIÓN DE INFORMACIÓN DE PUBLICACIONES

Publicación:

30/04/2001

Sanción:

19/04/2001

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Registro N° 0104-CVD ex MCBA-97; y;

CONSIDERANDO:

Que por dicho Registro tramita la presentación efectuada por la firma COMUNICARTE de Alfredo Horoch, gestionando el pago de pesos once mil ochenta y tres con treinta y tres centavos ($ 11.083,33) presuntamente adeudados por la provisión del servicio de clasificación de información de publicaciones -a la ex Subsecretaría de Programación- para el período enero - mayo de 1991;

Que el 4 de junio de 1997, luego de analizada la disposición financiera del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la interesada fue notificada de las alternativas que permitirían abonarle la totalidad de la deuda verificada, anterior al 6/8/96, la cual ascendía al monto reclamado;

Que la causante aceptó cobrar su acreencia, en dieciocho (18) cuotas mensuales a partir del 1° de junio de 1998, con una quita del treinta y cinco por ciento (35%);

Que en consecuencia de lo expuesto cabe reconocer el pago de pesos siete mil doscientos cuatro con seis centavos ($ 7.204,06) en los términos del Art.7° del Decreto N° 225-GCBA-96;

Que ello se formalizará mediante un pagaré Decreto N° 225-GCBA-96, emitido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en pesos y con cláusula «sin protesto»;

Que el mentado instrumento cancelatorio de la obligación de marras será satisfecho a los treinta (30) días de dictada la presente y su importe, único, será del monto reconocido como crédito -con origen anterior al 6/8/96- con más los intereses sobre saldos liquidados, al seis punto siete por ciento (6,7%) anual, desde la citada fecha y hasta el momento de su satisfacción total, conforme al sistema francés de amortización, habida cuenta de la alternativa de cobro decidida (arg. Art.1° incisos a) y b) de la Resolución N° 236 -SSHyF/SSG-97);

Que la suma resultante, relacionada en el párrafo precedente, se verá afectada por la retención que pudiera caber en concepto de Impuestos a las Ganancias e Ingresos Brutos;

Que a los 6 días del mes de abril de 2001, y conforme lo dispuesto por el Art.7° del Decreto N° 225-GCBA-96, se procedió a suscribir el acta acuerdo correspondiente por intermedio de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, y de acuerdo con lo establecido en el Art.9° del Decreto N° 225-GCBA-96,

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase en todos sus términos el Acta Acuerdo celebrada el 6 de abril de 2001, por la Dirección General Técnica Administrativa y Legal y la firma COMUNICARTE de Alfredo Horoch, representada por el señor Alfredo Horoch (DNI 11.234.417), que en su totalidad, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

Artículo 2° - Notifíquese a la Dirección General de Contaduría a los efectos de los Arts.10 y 11 del Decreto N° 225-GCBA-96.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería, Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás fines a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Hacienda y Finanzas y a las Direcciones Generales de Tesorería y de Contaduría.

Entre: GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, representado en este acto por el titular de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, conforme facultades dadas por Decreto N° 2.329-GCBA-99, con domicilio en Avda. de Mayo 525, Capital Federal, por una parte y la firma COMUNICARTE de Alfredo Horoch., en adelante EL ACREEDOR, titular de los contratos que suscribiera con la ex-Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, con domicilio en la calle Martín de Gainza 131 Piso 5to A, Capital Federal, representada en este acto por el señor Alfredo Horoch DNI 11.234.417, en su carácter de Presidente por la otra.

ANTECEDENTES: El ACREEDOR solicitó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el reconocimiento de la deuda de la ex-Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, conforme el procedimiento establecido en el Decreto N° 225/GCBA/96.

Cumplidas las intervenciones previstas en el Decreto mencionado, corresponde la suscripción del Acta Acuerdo a que se refiere el artículo 7° de aquella norma, la que deberá ser aprobada por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas. Por ello, las partes acuerdan:

ARTICULO 1° - En el Anexo I, que suscripto por separado forma parte integrante de la presente, se detalla la suma considerada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos del presente Acuerdo, la cual asciende a pesos once mil ochenta y tres con treinta y tres centavos ($ 11.083,33).

ARTICULO 2° - EL ACREEDOR ha aceptado la propuesta oportunamente efectuada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, aceptando la opción consistente en una deducción del treinta y cinco (35%) sobre el monto consignado en el artículo anterior.

ARTICULO 3° - En consecuencia, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reconoce a EL ACREEDOR, en los términos del artículo 7° del Decreto N° 225/GCBA/96, la suma de pesos siete mil doscientos cuatro con dieciséis centavos ($ 7.204,16), calculada al 6/8/96. Asimismo las partes acuerdan que la mencionada deuda devengará intereses a una tasa del seis punto siete por ciento (6,7%) efectivo anual, desde el 6 de agosto de 1996 hasta la fecha prevista para su cancelación conforme a la opción ejercida por EL ACREEDOR. El monto de deuda así determinado se abonará mediante un pagaré que será cancelado a los 30 días de dictada la Resolución aprobatoria del Acta Acuerdo, conforme lo dispuesto por la Resolución N° 236-SSHyF/SSG-97. El mismo acumulará sin ningún otro adicional los montos sumados de todas las cuotas incluidas en la propuesta aceptada y que se hallaren vencidas a esa fecha.

Dicho documento tendrá incorporado los intereses sobre saldos conforme al sistema francés de amortización a la tasa determinada en el párrafo precedente. El pagaré se instrumentará con cláusula sin protesto, Decreto N° 225-GCBA-96, emitido en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, descontándose la retención de impuestos a las Ganancias e Ingresos Brutos que pudieran corresponder.

ARTICULO 4° - EL ACREEDOR expresamente consiente la liquidación formulada y la forma de pago acordada en la presente, desistiendo de cualquier otro reclamo administrativo o judicial que tenga relación con presuntas o reales acreencias de las que se considere titular frente al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, originadas en períodos anteriores a la fecha de firma de la presente Acta, renunciando además expresamente a las acciones y derechos respectivos.

ARTICULO 5° - Las partes constituyen los domicilios que se indican en el presente acuerdo en los cuales serán válidas las notificaciones que se cursen y declaran que, para el caso de controversia judicial, se someten a los Tribunales en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, con expresa exclusión de cualquier otro fuero o jurisdicción.

ARTICULO 6° - Conforme lo dispuesto en el artículo séptimo (7°) del Decreto N° 225/GCBA/96, esta Acta Acuerdo se suscribe Ad referéndum del señor Secretario de Hacienda y Finanzas, en la Ciudad de Buenos Aires a los 6 días del mes de abril de 2001.

En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares del mismo tenor y a un sólo efecto, en el lugar y fecha indicados.


ANEXOS

ACTA ACUERDO

Entre: GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, representado en este acto por el titular de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, conforme facultades dadas por Decreto N° 2.329-GCBA-99, con domicilio en Avda. de Mayo 525, Capital Federal, por una parte y la firma COMUNICARTE de Alfredo Horoch., en adelante EL ACREEDOR, titular de los contratos que suscribiera con la ex-Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, con domicilio en la calle Martín de Gainza 131 Piso 5to A, Capital Federal, representada en este acto por el señor Alfredo Horoch DNI 11.234.417, en su carácter de Presidente por la otra.

ANTECEDENTES: El ACREEDOR solicitó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el reconocimiento de la deuda de la ex-Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, conforme el procedimiento establecido en el Decreto N° 225/GCBA/96.

Cumplidas las intervenciones previstas en el Decreto mencionado, corresponde la suscripción del Acta Acuerdo a que se refiere el artículo 7° de aquella norma, la que deberá ser aprobada por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas. Por ello, las partes acuerdan:

ARTICULO 1° - En el Anexo I, que suscripto por separado forma parte integrante de la presente, se detalla la suma considerada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos del presente Acuerdo, la cual asciende a pesos once mil ochenta y tres con treinta y tres centavos ($ 11.083,33).

ARTICULO 2° - EL ACREEDOR ha aceptado la propuesta oportunamente efectuada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, aceptando la opción consistente en una deducción del treinta y cinco (35%) sobre el monto consignado en el artículo anterior.

ARTICULO 3° - En consecuencia, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reconoce a EL ACREEDOR, en los términos del artículo 7° del Decreto N° 225/GCBA/96, la suma de pesos siete mil doscientos cuatro con dieciséis centavos ($ 7.204,16), calculada al 6/8/96. Asimismo las partes acuerdan que la mencionada deuda devengará intereses a una tasa del seis punto siete por ciento (6,7%) efectivo anual, desde el 6 de agosto de 1996 hasta la fecha prevista para su cancelación conforme a la opción ejercida por EL ACREEDOR. El monto de deuda así determinado se abonará mediante un pagaré que será cancelado a los 30 días de dictada la Resolución aprobatoria del Acta Acuerdo, conforme lo dispuesto por la Resolución N° 236-SSHyF/SSG-97. El mismo acumulará sin ningún otro adicional los montos sumados de todas las cuotas incluidas en la propuesta aceptada y que se hallaren vencidas a esa fecha.

Dicho documento tendrá incorporado los intereses sobre saldos conforme al sistema francés de amortización a la tasa determinada en el párrafo precedente. El pagaré se instrumentará con cláusula sin protesto, Decreto N° 225-GCBA-96, emitido en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, descontándose la retención de impuestos a las Ganancias e Ingresos Brutos que pudieran corresponder.

ARTICULO 4° - EL ACREEDOR expresamente consiente la liquidación formulada y la forma de pago acordada en la presente, desistiendo de cualquier otro reclamo administrativo o judicial que tenga relación con presuntas o reales acreencias de las que se considere titular frente al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, originadas en períodos anteriores a la fecha de firma de la presente Acta, renunciando además expresamente a las acciones y derechos respectivos.

ARTICULO 5° - Las partes constituyen los domicilios que se indican en el presente acuerdo en los cuales serán válidas las notificaciones que se cursen y declaran que, para el caso de controversia judicial, se someten a los Tribunales en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, con expresa exclusión de cualquier otro fuero o jurisdicción.

ARTICULO 6° - Conforme lo dispuesto en el artículo séptimo (7°) del Decreto N° 225/GCBA/96, esta Acta Acuerdo se suscribe Ad referéndum del señor Secretario de Hacienda y Finanzas, en la Ciudad de Buenos Aires a los 6 días del mes de abril de 2001.

En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares del mismo tenor y a un sólo efecto, en el lugar y fecha indicados.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 636-SHYF-97 Aprueba acta acuerdo con la firma COMUNICARTE por vencimiento propuesta de la Res. 236-SG-97