RESOLUCIÓN 52 2008 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Síntesis:
SE CREA LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y DESARROLLO DE INICIATIVAS PRIVADAS - RÉGIMEN NACIONAL DE INICIATIVA PRIVADA - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - PROYECTOS - MESA DE ENTRADAS - DG DE GESTIÓN DE INVERSIONES - INTEGRACIÓN - INTEGRANTES - CARLOS PIROVANO - ALEJANDRO BONADEO
Publicación:
11/02/2008
Sanción:
24/01/2008
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Visto la Ley N° 2.635, el Decreto N° 36/08 y el Expediente N° 95.699/07, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la ley citada en el visto, promulgada por el Decreto N° 36/08, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus entes autárquicos y descentralizados adhieren a los términos del Decreto N° 966-PEN/05 (Régimen Nacional de Iniciativa Privada);
Que en tal sentido, se establece que el Ministerio de Desarrollo Económico será la autoridad de aplicación de la ley antes mencionada, quedando facultado para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias;
Que por lo expuesto resulta necesario la creación e integración con carácter ad-hoc de una Comisión de Evaluación y Desarrollo de Iniciativas Privadas;
Por ello, y de conformidad con las facultades conferidas,
EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO
Artículo 1° - Créase, en el ámbito de este Ministerio de Desarrollo Económico, la Comisión de Evaluación y Desarrollo de Iniciativas Privadas que tendrá a su cargo la recepción y evaluación de los proyectos de Iniciativa Privada presentados por los interesados conforme el Régimen Nacional de iniciativa privada aprobado por el Decreto N° 966-PEN/05 y adherido por Ley N° 2.635 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Déjase establecido que los proyectos de iniciativa privada serán recibidos por la Mesa de Entradas de la Dirección General de Gestión de Inversiones.
Artículo 3° - La Comisión de Evaluación y Desarrollo de Iniciativas Privadas será integrada por el Lic. Carlos Pirovano (DNI 16.498.314), Subsecretario de Inversiones, por el Lic. Alejandro Bonadeo (DNI 20.665.984), Director General de Gestión de Inversiones y un representante que será oportunamente designado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4° - La Comisión de Evaluación y Desarrollo de Iniciativas Privadas queda expresamente facultada para dictar todos los actos administrativos inherentes a los fines de dar cumplimiento a sus funciones.
Artículo 5° - La asignación de funciones dispuesta no representará erogación presupuestaria adicional alguna.
Artículo 6° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos comuníquese a los interesados y pase a la Subsecretaría de Inversiones y a la Dirección General de Gestión de Inversiones. Cumplido, archívese.