RESOLUCIÓN 213 2001 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Síntesis:

INVIERTE SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN A UN TRAMO DE LA CALLE TTE.GRAL. EUSTAQUIO FRIAS - DESDE LOYOLA HASTA AGUIRRE DE NORESTE A SUDOESTE - MANO ÚNICA - ARTERIAS - CALLES

Publicación:

02/05/2001

Sanción:

16/04/2001

Organismo:

SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS


Visto el Expediente N° 63.121/99 mediante el cual se propone la inversión del sentido único de circulación de la calle Tte. Gral. Eustaquio Frías, en el tramo comprendido entre las calles Aguirre y Loyola, y

CONSIDERANDO:

Que al estudiarse la circulación en la zona de Villa Crespo se constató la conveniencia de concretar el ordenamiento vial mencionado para mejorar el tránsito en esa zona, ampliando el esquema circulatorio aprobado para esa calle por Resolución N° 135-SSTyT-96 (B.M. N° 20.135);

Que la primera ventaja apreciable se obtendrá al otorgársele continuidad al sentido noreste a sudoeste que ya posee el resto de la calle Frías pues permitirá su uso en forma integral como alternativa de la Av. Estado de Israel - Angel Gallardo;

Que el tránsito proveniente del norte podrá utilizar la calle Loyola e ingresar a la calle Tte. Gral. Eustoquio Frías sin tener que acceder a las avenidas aludidas. Con ello se logrará una conexión directa con las calles Río de Janeiro, Camargo y la Avenida Warnes;

Que a su vez se mantendrá una circulación giratoria alrededor de la manzana Aguirre-Lavalleja-Loyola-Frías de tal modo de no generar sobrerrecorridos a los vecinos del lugar. Se hace notar que ese tramo de la calle que nos ocupa carece de medios de transporte de pasajeros por lo que la medida propiciada no afectará a ninguna prestataria del sistema;

Por ello, conforme las atribuciones otorgadas por la Ley N° 217 (B.O.C.B.A. N° 760) y la delegación aprobada por Decreto N° 515-GCBA-2000 (B.O.C.B.A N° 926);

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° Modifíquese, con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días corridos las disposiciones del Decreto Ordenanza N° 10.407/47 (B.M.N° 8.174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, invirtiéndose la mano única al siguiente tramo de arteria en la forma que se indica:

Tte. Gral. EUSTAQUIO FRIAS: desde Loyola hasta Aguirre de noreste a sudoeste.

Artículo 2° La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el señalamiento ilustrativo correspondiente.

Artículo 3° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales, comuníquese a la Policía Federal Argentina, y para su conocimiento y demás fines remítase a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, a la Dirección General de Obras Públicas y a la Dirección General de Tránsito y Transporte. Cumplido, archívese. Fatala

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Disp. 14-DGTYT-02 Fija la implementación del sentido único aprobados por la Resolución 213-SOSP-01
MODIFICA
Res 213-SOYSP-01 invierte sentido único de circulación tramo calle E. frías, modifica Dec. Ord. 10407
MODIFICADA POR
Res. 1138-SOYSP-02 prorroga alcances de la Res 213-SOYSP-01