LEY 563 2001

Síntesis:

MODIFICACIÓN DE LA LEY 211 - ORGANIZACIÓN - REGULACIÓN - FUNCIONAMIENTO - CONSEJO DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DEL DELITO - INTEGRACIÓN DEL PLENARIO - INTEGRANTES - DIPUTADOS DE LA CIUDAD

Publicación:

04/05/2001

Sanción:

29/03/2001

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

26/04/2001

Estado:

No vigente


NOTA: Se advierte al usuario que la Ley 211, de la cual la Ley 563 es meramente modificatoria, ha sido derogada por el Art. 17 de la Ley 1689.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Modifíquese el artículo 4° inciso "c" de la Ley N° 211 por el siguiente párrafo "El Secretario de Justicia y Seguridad".

Artículo 2° - Modifíquese el artículo 4° inciso "d" de la Ley N° 211 el que quedará redactado de la siguiente manera: "Seis diputados de la Ciudad de Buenos Aires".

Artículo 3° Comuníquese, etcétera.Felgueras - Alemany

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 563, modifica el art. 4 inciso c) de la Ley 211 <strong>(DEROGADA).</strong></p><p>Art. 2, modifica el art. 4 inciso d).</p>