LEY 585 2001

Síntesis:

MODIFICACIÓN LEY 557 -  TITULARIZACIÓN DOCENTE - CARGOS DOCENTES EN CARÁCTER DE INTERINOS-AS -  ÁREA EDUCACIÓN MEDIA - TÉCNICA -ARTÍSTICA - ADULTOS Y DEL ADOLESCENTE - NORMALES - EDUCACIÓN SUPERIOR 

Publicación:

07/05/2001

Sanción:

26/04/2001

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

27/04/2001

Estado:

No vigente


LA LEGISLATURA DE LA

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1° - Rectifícase el Artículo 1° de la Ley N° 557, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Confírmase en carácter de titular a los agentes que al momento de la sanción de la presente ley se encuentren desempeñando cargos docentes en carácter de interinos/as en escuelas de enseñanza Media, Técnica y Ciclos Básicos de Formación Ocupacional dependientes de la Dirección de Educación Media y Técnica, en escuelas de Nivel Medio dependientes de la Dirección de Educación Artística y de la Dirección del Adulto y del Adolescente, y de los niveles Inicial, Primario y Medio de la Dirección de Educación Superior, incluidos los que se desempeñen bajo el régimen establecido por la Ley nacional N° 19.514 y su modificatoria, la Ley N° 22.416, y en los Centros de Formación Profesional N° 1,4,7, 24 y CIFPA dependientes de la Secretaría de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en todos los cargos de base y en los cargos de ascenso que se detallan en el Anexo I y de acuerdo con las condiciones que establece la presente Ley.

Artículo 2° - Comuníquese, etc. Srur - Alemany.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 585, rectifica el Artículo 1 de la Ley 557, modificatorio del Artículo 1 de la Ley 283.</p>