RESOLUCIÓN 46 2008 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624

Síntesis:

APRUEBA IMPLEMENTACIÓN NORMATIVA Y FUNCIONAL DE OPERATIVOS DE CONTROL INTEGRAL FOCALIZADOS OCIF - LEY 2.553 - CRITERIO DE CRITICIDAD - ACTIVIDADES CRÍTICAS - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - PODER DE POLICÍA - COMUNAS - PAUTAS - REGLAMENTO - ESTABLECIMIENTOS - ACTIVIDADES - SITIOS - MAQUINARIAS - ELEMENTOS - SUSTANCIAS - CONTROL COMUNAL - INSPECCIONES - CÓDIGO DE HABILITACIONES Y VERIFICACIONES - PROCEDIMIENTO

Publicación:

14/03/2008

Sanción:

25/02/2008

Organismo:

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624


Visto las previsiones de la Ley N° 2.553, y

CONSIDERANDO:

Que conforme el ordenamiento normativo precitado se establece un criterio de criticidad, de acuerdo a parámetros objetivos establecidos por las disposiciones legales, a los fines de clasificar establecimientos, actividades, sitios, zonas, maquinarias, elementos o sustancias; objetos del control comunal; que importen un riesgo mayor para la seguridad de las personas y de sus bienes y con la finalidad de otorgar habilitaciones y permisos, ejecutar procedimientos de fiscalización y control, planificar, evaluar, prevenir, inspeccionar y en general realizar funciones de control comunal;

Que atento lo dispuesto por el artículo 2° de la Ley N° 2.553, la criticidad es definida como el criterio atribuido, por la ley y la reglamentación, a un establecimiento, actividad, sitio, zona, maquinaria, elemento o sustancia, debido a que por sus características, importan un riesgo mayor para las personas y sus bienes;

Que en atención al nuevo diseño en materia de organización administrativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la readecuación de las respectivas competencias materiales, plasmadas en la Ley de Ministerios N° 2.506 y el Decreto N° 2.075/07, resulta necesario la implementación normativa y funcional de los Operativos de Control Integral Focalizados (OCIF), teniendo en cuenta las atribuciones legalmente asignadas a la Agencia Gubernamental de Control en los términos de la Ley N° 2.624;

Que en comunión a lo señalado, la Agencia Gubernamental de Control en su carácter de entidad autárquica, cuenta con facultades legales de contralor, fiscalización y regulación, entendiendo en competencias relacionadas con el Código de Habilitaciones y Verificaciones, normas de seguridad en los estadios y/o espacios de uso público y privado, donde se desarrollen eventos deportivos, espectáculos artísticos y culturales y de cualquier otra índole al que concurra público masivamente, Código de Edificación, Código Alimentario Nacional, Régimen de Faltas Especiales y toda normativa relacionada con el ámbito de control y fiscalización de la Agencia, desarrollando funciones de poder de policía en materia comunal;

Que el desarrollo de los Operativos de Control Integral Focalizados (OCIF) constituyen mecanismos de inspección basados en principios de legalidad, razonabilidad y eficiencia operativa que se materializarán en forma progresiva en cada Comuna de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fundamentados en una evaluación proactiva del eventual riesgo existente y la determinación de su grado de criticidad, cuyos objetivos esenciales se sustentan en potencializar la eficacia de las tareas de inspección, determinar una planificación y ejecución operativa optimizando los recursos disponibles y fortalecer las acciones de contralor con adecuada coordinación con otras jurisdicciones;

Que el dictado del presente acto se concreta de conformidad a las facultades previstas en los artículos 6°, inciso f), 7°, inciso c) y demás disposiciones concordantes de la Ley N° 2.624;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase la implementación de Operativos de Control Integral Focalizados (OCIF), conforme los objetivos, etapas, lineamientos esenciales y pautas de elaboración de informes finales enunciados en el Anexo único que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de la Agencia Gubernamental de Control. Cumplido, archívese.


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 46-AGC-08, aprueba la implementación de Operativos de Control Integral Focalizados (OCIF), conforme al grado de potencialidad crítica, en función de los lineamientos establecidos en los artículos 3 y 4 de la Ley 2553.</p>