DISPOSICIÓN 34 2008 DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS
Síntesis:
SE RENUEVA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LUGARES BAILABLES - NOMBRE DE FANTASÍA EL FOGÓN - A NOMBRE DE PONTALTI FABIOLA
Publicación:
10/04/2008
Sanción:
19/03/2008
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS
Visto el Expediente N° 13.661/05, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1/05 (B.O.C.B.A. N° 2126) y N° 2/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución N° 2-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución N° 3-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2137), la Resolución N° 11-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2194) la Resolución N° 12-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2209), la Resolución N° 56-SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2352), la Resolución N° 12-SSCC/06 (B.O.C.B.A. N° 2370) y la Resolución N° 68-SSEMERG-SSCC/06 (B.O.C.B.A. N° 2521), la Ley N° 2.624 promulgada por Decreto N° 2.137/07, y
CONSIDERANDO:
Que, el Sr. D'Angelo, en el carácter de apoderado de la Sra. Pontalti, Fabiola S. solicitó la renovación de la inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05, para el local ubicado en Agüero 512 (P.B. y EP.) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía El Fogón conforme constancia obrante a fs. 528;
Que, dicho local posee habilitación por Expediente N° 41.529/98 concedida para los rubros Restaurante, Cantina, Café-Bar, Despacho de bebidas, whisquería, cervecería, com. min. elab. y vta. pizza, fugazza, faina, postres, flanes, churros, grill, parrilla, confitería, local de baile clase C actividad complementaria y se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el N° 46/05, por Disposición N° 49-DGHyP-DGFOC-DGFyC/05, de fecha 23 de marzo de 2005 obrante a fs. 54;
Que, mediante las Disposiciones N° 55-DGHyP-DGFOC-DGFyC/06 obrante a fs. 230 y N° 43-DGHyP-DGFOC-DGFyC/07 obrante a fs. 451, se renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables para el local antes referido, por el término de un (1) año en cada una de ellas;
Que, mediante Disposición N° 55-DGHyP-DGFOC-DGFyC/06 de fecha 23 de marzo de 2006 obrante a fs. 230, se otorgó una capacidad máxima para funcionar de doscientas setenta y cuatro (274) personas;
Que, la Dirección Registro Público de Lugares Bailables, evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge del informe obrante a fs. 611/2;
Que, del análisis efectuado se desprende que la empresa peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 y sus reglamentaciones, a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables.
Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05 y la Ley N° 2.624 promulgada por Decreto N° 2.137/07,
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS,
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y CATASTRO
Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
Artículo 1° - Renuévese a partir del día 23 de marzo de 2008 y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/05, del local que posee inscripción bajo N° 46/05, que opera con nombre de fantasía El Fogón otorgada mediante Disposición Conjunta N° 49-DGHyP-DGFOC-DGFyC/05 a nombre de Pontalti Fabiola S., correspondiente al establecimiento ubicado en Agüero 510/512 (P.B. y E.P.) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación por Expediente N° 41.529/98 en el carácter restaurante, cantina, café-bar, despacho de bebidas, whisquería, cervecería, com. min. elab. y vta. pizza, fugazza, faina, postres, flanes, churros, grill, parrilla, confitería, local de baile clase C actividad complementaria ,y que le fuera otorgada una capacidad de doscientas setenta y cuatro (274) personas mediante Disposición Conjunta N° 55-DGHyP-DGFOC-DGFyC/06.
Artículo 2° - Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa.
Artículo 3° - Dese al Registro. Notifíquese para su conocimiento a su titular. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese.