DECRETO 636 2001

Síntesis:

SECRETARÍA DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN ADMINISTRATIVA LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DE CONTROL DE FALTAS DEPENDERA ORGÁNICA Y FUNCIONALMENTE DE ESTA SUBSECRETARÍA

Publicación:

10/05/2001

Sanción:

09/05/2001

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la Ley N° 591 y el Expediente N° 30.368/01 y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se creó la Unidad Administrativa de Control de Faltas;

Que es necesario establecer su dependencia orgánica funcional como así también la integración de los cargos de Controladores/ras Administrativos/as de Faltas;

Que ha tomado la intervención que le compete la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones y facultades conferidas por los Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA

CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° La Unidad Administrativa de Control de Faltas dependerá orgánica y funcionalmente de la Subsecretaría de Coordinación y Gestión Administrativa de la Secretaría de Gobierno.

Artículo 2° La Subsecretaría de Coordinación y Gestión Administrativa de la Secretaría de Gobierno propondrá dentro de los cinco días de dictado el presente, el Organigrama del Organismo creado, como también sus objetivos y responsabilidades primarias.

También tendrá a su cargo la implementación del sistema de selección de Controladores/as Administrativos/as de faltas previsto en la cláusula transitoria de la Ley N° 591.

Artículo 3° La Unidad Administrativa de Control de Faltas estará compuesta por cincuenta (50) Controladores/as Administrativos/as con el nivel escalafonario de Director General.

Artículo 4° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Hacienda y Finanzas.

Artículo 5° Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en cumplimiento del Decreto N° 698-GCBA-96, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaria de Gobierno.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 del Decreto 636-01, establece que la Unidad Administrativa de Control de Faltas dependerá orgánica y funcionalmente de la Subsecretaría de Coordinación y Gestión Administrativa de la Secretaría de Gobierno. </p>
INTEGRA
Constituye Comisión de Selección y Jurado de Evaluación de acuerdo a lo dispuesto por los arts. 1° y 2° del Anexo I Dec. 942-04