RESOLUCIÓN 88 2008 SUBSECRETARIA DE FORTALECIMIENTO FAMILIAR Y COMUNITARIO

Síntesis:

APRUEBA TALLER DE INCLUSIÓN Y ORIENTACIÓN - CONVOCA A BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA DE APOYO A UNIDADES DE DESARROLLO LOCAL A CURSOS DE CAPACITACÍÓN EN OFICIOS

Publicación:

06/05/2008

Sanción:

18/04/2008

Organismo:

SUBSECRETARIA DE FORTALECIMIENTO FAMILIAR Y COMUNITARIO


Visto la Ley N° 2.506 promulgada por Decreto N° 1.748/07 (B.O.C.B.A. N° 2824), los Decretos Nros. 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829) y 1.198/06 (B.O.C.B.A. N° 2510), la Resolución N° 1.042-MDHySGC/06 (B.O.C.B.A. N° 2524) y la ejecución de las acciones correspondientes a la reciente convocatoria, a los beneficiarios del Programa de Apoyo a Unidades de Desarrollo Local, a inscripción a curso de capacitación en oficios, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 2.506, de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se creó el Ministerio de Desarrollo Social;

Que por Decreto N° 2.075/07 se aprobó la Estructura Orgánico Funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose a la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario en la órbita del Ministerio de Desarrollo Social y a la Dirección General de Economía Social como unidad de organización dependiente de dicha Subsecretaría;

Que por Decreto N° 1.198/06 se creó el Programa de Apoyo a Unidades de Desarrollo Local, teniendo el mismo por objetivo inmediato promover la conformación y el fortalecimiento de unidades productivas sustentables que contribuyan a la generación de empleo y se encuentren conformadas por individuos, familias o grupos de personas en situación de desocupación o subocupación, estableciéndose la implementación del referido programa a través de proyectos avalados por organismos no gubernamentales, cooperativas, mutuales y asociaciones civiles sin fines de lucro;

Que, asimismo, el Decreto N° 1.198/06 facultó a la entonces titular del ex Ministerio de Derechos Humanos y Sociales a dictar las normas reglamentarias y complementarias necesarias para el desarrollo del mismo y estableció como autoridad de aplicación de dicho programa a la ex Subsecretaría de Gestión Social y Comunitaria dependiente del mencionado ex Ministerio de Derechos Humanos y Sociales;

Que oportunamente, a través del dictado de la Resolución N° 1.042-MDHySGC/06, se encomendó a la Dirección General de Economía Social dependiente de la ex Subsecretaría de Gestión Social y Comunitaria, en función de sus responsabilidades primarias, la convocatoria, selección y seguimiento administrativo de proyectos correspondientes al Programa de Apoyo a Unidades de Desarrollo Local conforme al Anexo del Decreto N° 1.198/06, se aprobaron soportes de información a los fines de la instrumentación de la operatoria de tal programa y se determinaron preceptos para la ejecución de la misma;

Que, por imperio de la Ley N° 2.506 y el Decreto N° 2.075/07, el Ministerio de Desarrollo Social y la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, son, en temáticas de economía social, organismos continuadores de funciones, respectivamente, del ex Ministerio de Derechos Humanos y Sociales y de la ex Subsecretaría de Gestión Social y Comunitaria;

Que en los últimos dos meses se ha celebrado una convocatoria, a los beneficiarios del Programa de Apoyo a Unidades de Desarrollo Local, a inscripción a curso de capacitación en oficios;

Que a dicha convocatoria asistieron aproximadamente dos mil quinientos (2.500) beneficiarios, habiendo podido comprobar la Dirección General de Economía Social la amplia heterogeneidad de la población beneficiaria, tanto en términos de edad como en sus condiciones de vulnerabilidad;

Que el ítem IX del Anexo del ya citado Decreto N° 1.198/06 determina, entre otras corresponsabilidades de los beneficiarios, asistir a los eventos de capacitación y talleres de Economía Social que se realicen;

Que en ese orden operativo se hace procedente brindar asistencia de tutorías y breves talleres de reflexión para el fortalecimiento de los emprendimientos para una efectiva inclusión de las personas;

Que, en consecuencia, se hace necesario implementar un taller de capacitación destinado a la realización de un diagnóstico de la población del Programa de Apoyo a Unidades de Desarrollo Local en relación a sus inquietudes, habilidades e intereses, grupales e individuales, a fin de orientar a los beneficiarios en el sostenimiento de los proyectos y/o la realización de diversas capacitaciones que promuevan el desarrollo de una perspectiva laboral;

Que la Dirección General de Economía Social cuenta con profesionales de la psicología y otras ciencias anexas que se han desempeñado en acciones de capacitación similares con eficiencia y prestigio;

Que, consiguientemente, se hace procedente formalizar la aprobación, convocatoria y demás condiciones generales del taller de capacitación aludido precedentemente, a través del dictado del pertinente acto administrativo;

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE FORTALECIMIENTO FAMILIAR Y COMUNITARIO

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase el Taller de inclusión y orientación consignado en el Anexo de la presente resolución, el cual, a todos los efectos, forma parte integrante de la misma.

Artículo 2° - Asígnase a la Dirección General de Economía Social la tarea de establecer las temáticas de discusión y reflexión, así como la implementación del taller mencionado en el art. 1° de la presente resolución.

Artículo 3° - Convócase a los beneficiarios del Programa de Apoyo a Unidades de Desarrollo Local que oportunamente cumplimentaron la inscripción a curso de capacitación en oficios en el marco de la convocatoria celebrada en los últimos dos (2) meses, a asistir a cuatro (4) jornadas del taller mencionado en el art. 1° de la presente resolución, en el lugar y horario que la Dirección General de Economía Social indique.

Artículo 4° - La asistencia al taller referido en los precedentes artículos de la presente resolución será obligatoria, conforme a lo preceptuado en el ítem IX del Anexo del Decreto N° 1.198/06.

Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Dirección General de Economía Social, la que instrumentará los medios para la ejecución de la presente resolución; cumplido, archívese.


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Res 88-SSFFYC-08-Convoca a beneficiarios del Programa de Apoyo a Unidades de Desarrollo Local-Cursos de capacitación en oficios-Establece asistencia obligatoria, conforme Item IX, Anexo, Dec 1198-06</p>