RESOLUCIÓN 339 2008 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA ACTA ACUERDO ENTRE EL GCABA Y ALBERTO TORRADO - READECUACIÓN DE PRECIOS POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ELABORACIÓN DE COMIDAS Y DISTRIBUCIÓN DE MESAS - EN EL MARCO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA 964-SIGAF-05

Publicación:

06/05/2008

Sanción:

23/04/2008

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


Visto, el Decreto N° 1.059/05 (B.O.C.B.A. N° 2.237), la Resolución Conjunta N° 304-SED-SHyF/06 (B.O.C.B.A. N° 2403), el Decreto N° 720/06 (B.O.C.B.A. N° 2461), la Resolución N° 3.135-MHGC/07 y el Expediente N° 65.098/07, y

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto N° 1.059/05, el Sr. Jefe de Gobierno aprobó los pliegos de bases y condiciones generales y particulares elaborados por la Comisión de Estudios de Pliegos y Condiciones Especiales, dependiente de la entonces Secretaría de Hacienda y Finanzas, para la contratación de un servicio de elaboración de comidas y posterior distribución en mesa, destinado a alumnos becados y personal autorizado de los establecimientos educativos dependientes de la ex Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y autorizó a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectuar el pertinente llamado a licitación pública;

Que, mediante Resoluciones Conjuntas N° 304-SED-SHyF/06 del 1°/3/06 (B.O.C.B.A. N° 2403) y N° 370-SED-SHyF/06 del 20/3/06 (B.O.C.B.A. N° 2416), se aprobó la Licitación Pública N° 964-SIGAF/05, realizada al amparo de lo establecido en el artículo 55 del Decreto-Ley N° 23.354/56, adjudicándose la contratación en cuestión;

Que, el proveedor Alberto Torrado resultó adjudicatario de la provisión de los servicios antes señalados, emitiéndose a su favor las órdenes de compra y los actos administrativos respectivos, instrumentos a través de los cuales ha sido perfeccionado el pertinente contrato;

Que por estos actuados tramita el procedimiento de revisión de precios de los servicios del contrato solicitados por el proveedor mediante nota que obra en el Registro N° 530.857-DGCyCE/07;

Que atento lo estipulado en el artículo 122 del pliego de bases y condiciones -cláusulas particulares-, la empresa proveedora solicita la revisión de precios ante la existencia de distorsiones económicas operadas desde la consolidación del precio a la fecha del reclamo;

Que mediante la Resolución N° 3.135-MHGC/07 de fecha 8 de noviembre de 2007 se aprobó, de conformidad con lo previsto por el artículo 1° del Decreto N° 720/06 la solicitud de redeterminación provisoria de precios contractuales interpuesta por el proveedor;

Que se conformó la Comisión de Estudio integrada por representantes del Ministerio de Educación y del Ministerio de Hacienda, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 122 citado precedentemente;

Que la Comisión de Estudio de las variaciones de precios emitió su informe con las respectivas conclusiones;

Que han tomado las intervenciones pertinentes el Sr. Coordinador de la Unidad Técnica de Redeterminación de Precios y el Sr. Subsecretario de Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda;

Que el Director General de Comedores y Cooperadoras Escolares aprobó el dictamen de la Comisión de Estudio, creada al efecto, del cual surge el incremento a aplicar en función de la variación de costos operada;

Que la Oficina de Gestión Sectorial de la Dirección General de Coordinación Financiera y Contable, ha tomado intervención procediendo a realizar la imputación presupuestaria objeto del gasto, conforme lo dispuesto por Resolución N° 2.316-SHyF/00;

Que con fecha 31 de marzo de 2008 la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos del Ministerio de Educación y el proveedor procedieron a la suscripción de la respectiva acta acuerdo, ad referéndum del señor Ministro de Educación y del señor Ministro de Hacienda, en la que se fijan los porcentajes a aplicar a partir del 1° de mayo de 2007, siendo del 13,62% para el Servicio de Comedor, del 13,62% para el Servicio de Vianda; del 13,66% para el Servicio de Desayuno; del 10,86% para el Servicio de Colación y del 12,13% para el Servicio de Refrigerio;

Que los porcentajes de incremento detallados en el considerando precedente son aplicables sobre los precios unitarios de las raciones adjudicadas mediante las órdenes de compra y los actos administrativos respectivos;

Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley N° 1.218 (B.O.C.B.A. N° 1850);

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 5° del Decreto N° 265/05 (B.O.C.B.A. N° 2141),

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

Y

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVEN:

Artículo 1° - Apruébase en todos sus términos el acta acuerdo suscripta con fecha 31 de marzo de 2008 por el señor Subsecretario de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el proveedor Alberto Torrado, la cual como Anexo se agrega a la presente y; como tal forma parte integrante de la misma.

Artículo 2° - El gasto que demande la presente, será imputado a la partida presupuestaria correspondiente.

Artículo 3° - Autorízase a Alberto Torrado a presentar ante la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda la facturación correspondiente al monto no percibido correspondiente a la redeterminación definitiva conforme acta acuerdo aprobada por el artículo 1° de la presente.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en la página web y en el Boletín Oficial de la Ciudad, comuníquese al Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria; a las Direcciones Generales de Coordinación Financiera y Contable, de Proyectos y Servicios a las Escuelas todas dependientes del Ministerio de Educación, notifíquese al proveedor peticionante, y remítase el expediente a la Dirección General de Contaduría.

ANEXO


ANEXOS

ANEXO

1 2 3 4

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 339-MEGC-08 aprueba Acta Acuerdo por readecuación de precios en el marco de la Licitación Pública 964-SIGAF-05