RESOLUCIÓN 351 2008 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Síntesis:
MODIFICACIÓN DE ADICIONALES SALARIALES - SE SUPRIME COMPENSACIÓN ADICIONAL POR EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - COMISIONES - MAGISTRADOS - FUNCIONARIOS - SUELDOS - HABERES - RETRIBUCIÓN MENSUAL
Publicación:
27/05/2008
Sanción:
15/05/2008
Organismo:
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
VISTO:
La ley 31, sus modificatorias, la Resolución CM N° 38/99 y el Reglamento Interno del Plenario y las Comisiones del Consejo de la Magistratura, y
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución nro. 38/99 se aprobó la estructura salarial para el personal del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires.
Que en el anexo II se reglamentaron los adicionales porcentuales a recibir por el sueldo básico. En este sentido, en el inc. g se dispuso otorgar un 10% como compensación por ejercicio de la Presidencia del Consejo de la Magistratura.
Que con fecha 19 de diciembre de 2005, mediante Resolución CAyF nro. 93/05, se hizo extensiva la compensación por ejercicio de la Presidencia a aquellos que se desempeñan como presidentes de las comisiones legales y/o auxiliares.
Que, posteriormente, mediante Resolución CM N° 60/2006 se modificó el art. 15 del Anexo I de la Resolución CM N° 260/2004, incorporando dicha compensación al Reglamento Interno del Plenario y las Comisiones del Consejo de la Magistratura.
Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y la ley 31.
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Art. 1°: Suprimir la compensación adicional por ejercicio de la Presidencia del Consejo de la Magistratura y por el ejercicio de la Presidencia de las comisiones legales y/o auxiliares.
Art. 2°: Derogar el inciso g) del Anexo II de la Resolución CM N° 38/99.
Art. 3°: Derogar la Resolución CayF N° 93/05 y dejar sin efecto la modificación al artículo 15 del Reglamento Interno del Plenario y las Comisiones del Consejo de la Magistratura dispuesta por el artículo 2° de la Resolución CM N° 60/2006.
Art. 4°: Las liquidaciones de haberes correspondientes al mes de mayo de 2008 se realizaran conforme lo dispuesto en la presente resolución.
Art. 5°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del Consejo de la Magistratura de Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Sr. Administrador General, a la Dirección de Factor Humano y, oportunamente, archívese.