RESOLUCIÓN 38 1999 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Síntesis:
APROBACIÓN DE LA ESTRUCTURA SALARIAL PARA EL PERSONAL DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA EXCLUIDO EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. REMUNERACIÓN SEGÚN CARGOS - ADICIONALES - SALARIOS
Publicación:
01/06/1999
Sanción:
19/05/1999
Organismo:
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Visto las atribuciones conferidas por el Art. 116 de la Constitución y la Ley N° 31 del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario fijar la escala salarial para los señores/as Consejeros/as, Secretarios, Directores Generales, Directores y demás personal administrativo de este Consejo, que cumplirán una carga horaria de 8 horas;
Que para la confección de las escalas salariales se tomó como base el total bonificable en la Justicia Federal, el cual resulta de la sumatoria del sueldo básico, la compensación jerárquica y las acordadas de la CSJN 56-91 y 71-93, con un incremento del 25 % sobre el total bonificable nacional atento la ampliación del horario que se fija;
Por ello,
Artículo 1°- Aprobar la estructura salarial para el personal del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires excluido el Tribunal Superior de Justicia que se indica en los Anexos I y II de la presente.
Art. 2°- Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANEXOS
REMUNERACION DEL PERSONAL DEL CONSEJO | |
CARGA HORARIA 8 hs. | |
Cargo | Sueldo básico |
Consejero | 5.077 |
Director General | 3.932 |
Secretario de Coordinación Técnica | 3.932 |
Director | 2.984 |
Secretario Ejecutivo de C.F.J. | 2.984 |
Secretario Letrado de la Unidad Comisión | 2.984 |
Secretario Letrado de la Unidad Consejero | 2.775 |
Jefe de Departamento | 2.575 |
Jefe de División | 1.861 |
Jefe de Sección | 1.275 |
Auxiliar Principal | 1.062 |
Auxiliar | 737 |
Auxiliar de Servicio | 656 |
Adicionales porcentuales a recibir sobre el sueldo básico
A) Antigüedad: 2 % por año de servicio o de obtención del título profesional, 2 % sobre el sueldo básico.
B) Permanencia en la categoría. Planta profesional: 10 % cuando cumplen 5 años en el mismo cargo y por única vez.
C) Planta administrativa: 10 % cuando cumplan 3 años y por única vez.
D) Título profesional: 25 % del sueldo básico.
E) Título terciario: 15 % del sueldo básico.
F) Título secundario: 10 % del sueldo básico.
G) Compensación por ejercicio de la presidencia: 10 % del sueldo básico.
H) Asignaciónes familiares.