RESOLUCIÓN 193 2008 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO

Síntesis:

DEROGA RESOLUCIÓN 7-SSINV-08 - RÉGIMEN DE INICIATIVA PRIVADA - REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE INICIATIVA PRIVADA - CIRCUITO ADMINISTRATIVO

Publicación:

30/05/2008

Sanción:

30/04/2008

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO


Visto la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 2.075 (BOCBA N° 2829), la Ley N° 2.635 (BOCBA N° 2853), el Decreto N° 966/PEN/2005 (BORA N° 30718), el Decreto N° 36/GCABA/2008 (BOCBA N° 2853), la Resolución N° 52/MDEGC/2008 (BOCBA N° 2867), la Resolución N° 07/SSINV/2008, y el Expediente N° 95.699/07, y

CONSIDERANDO:

Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires promueve la iniciativa pública y la privada en la actividad económica en el marco de un sistema que asegura el bienestar social y el desarrollo sostenible, reconociendo el derecho de prioridad a favor de los proveedores de bienes y servicios de producción nacional (Conf. Arts. 48 y 49 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires);

Que la Ley N° 2.075 aprueba la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y determina las responsabilidades primarias de las unidades de organización;

Que entre los objetivos del Ministerio de Desarrollo Económico se encuentra el de elaborar políticas e instrumentar proyectos y programas orientados al desarrollo, promoción y fomento de actividades comerciales, industriales y de servicios con énfasis en la generación de empleo y en la promoción de pequeñas y medianas empresas, a través de la consolidación de políticas destinadas a la protección del inversor y su marco de competencia;

Que mediante la Ley N° 2.635, promulgada por el Decreto N° 36/GCBA/2008, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus entes autárquicos y descentralizados adhirieron a los términos del Decreto N° 966/PEN/2005 (Régimen Nacional de Iniciativa Privada);

Que el Régimen de Iniciativa Privada constituye instrumento idóneo para promover la participación e inversión del sector privado en forma conjunta con el sector público para la realización de emprendimientos de interés general;

Que la Ley N° 2.635 establece que el Ministerio de Desarrollo Económico será la autoridad de aplicación del Régimen de Iniciativa Privada en el ámbito del Poder Ejecutivo, quedando facultado para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias;

Que a los efectos de instrumentar la vigencia de la norma en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires se dictó la Resolución N° 52/MDEGC/2008, que creó la Comisión de Evaluación y Desarrollo de Iniciativas Privadas de la Ciudad de Buenos Aires, y estableció que las propuestas de iniciativas privadas serán recibidas por la Mesa de Entradas de la Dirección General de Gestión de Inversiones del Ministerio de Desarrollo Económico;

Que a los fines de completar la instrumentación del Régimen de Iniciativa Privada de la Ciudad de Buenos Aires, la Subsecretaría de Inversiones dictó la Resolución N° 07/SSINV/2008, aprobando un procedimiento administrativo para la recepción, evaluación y aprobación de los proyectos de iniciativa privada que se presenten;

Que corresponde dejar sin efecto la Resolución mencionada en el párrafo anterior, en tanto no guarda concordancia con los términos del Decreto N° 966/PEN/2005, al cual la Ciudad Autíonoma de Buenos Aires se ha adherido mediante la Ley N° 2.635;

Que asimismo, cabe recordar que el órgano competente para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias para la aplicación en la Ciudad de Buenos Aires del Régimen Nacional de Iniciativa Privada es el Ministerio de Desarrollo Económico, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley N° 2.635;

Que sin perjuicio de lo expuesto, resulta necesario aclarar cuáles son los órganos que, en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, intervendrán en el procedimiento establecido por el Régimen Nacional de Iniciativa Privada, así como establecer la secuencia del trámite administrativo correspondiente;

Que por los motivos expuestos precedentemente, se propicia reglamentar y adecuar el Régimen Nacional de Iniciativa Privada para su aplicación en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 2.635,

EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO

RESUELVE:

Artículo 1° Deróganse los términos de la Resolución N° 07/SSINV/2008.

Artículo 2° Entiéndase que la presentación de proyectos bajo el Régimen de Iniciativa Privada será de aplicación a los contratos de obra pública, concesión de obra pública y concesión de servicios públicos.

Artículo 3° Entiéndase que la calificación de interés público a que refiere el Articulo 5° del Decreto N° 966/PEN/2005, será efectuada por el JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Artículo 4° Entiéndase que la determinación de la modalidad de contratación a que refiere el Articulo 6° del Decreto N° 966/PEN/2005, será efectuada por el MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO.

Artículo 5° Apruébanse los requisitos formales de presentación de proyectos de iniciativa privada que como Anexo I forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 6° Apruébase la secuencia del trámite administrativo para la recepción y evaluación de los proyectos de iniciativa privada que como Anexo II forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 7° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, así como a la Subsecretaría de Inversiones y a la Dirección General Gestión de Inversiones. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO I

ANEXO II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
Res. 193-MDEGC-08 art. 1 deroga Res. 7-SSINV-08
DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 193-MDEGC-11, deroga la Resolución 193-MDEGC-08. </p>