LEY 2693 2008

Síntesis:

MODIFICA - PARCIALMENTE LA LEY 31 - CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - FUNCIONES DE LAS COMISIONES - FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONALPLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y POLÍTICA JUDICIAL - ÓRGANOS -

Publicación:

04/06/2008

Sanción:

24/04/2008

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

26/05/2008

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Modifícase el Art. 18 de la ley 31 el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Art. 18.- ÓRGANOS:
Los órganos del Consejo de la Magistratura son:
a) El Plenario.
b) El Comité Ejecutivo integrado por el Presidente/a, el Vicepresidente/a y el Secretario/a.
c) Las comisiones: 1) De Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones; 2) De Selección de Integrantes de la Magistratura y del Ministerio Publico; 3) De Disciplina y Acusación; 4) De Fortalecimiento Institucional, Planificación Estratégica y Política Judicial.
d) El Sistema de Formación y Capacitación Judicial."

Art. 2°.- Modifícase el Art. 28 de la Ley 31 el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Art. 28: COMISIONES PERMANENTES: El Consejo de la Magistratura se divide en cuatro (4) Comisiones, compuestas por tres miembros cada una. En ellas deben estar representados todos los estamentos. La coordinación de las Comisiones es ejercida anualmente por un miembro en forma rotativa. Las Comisiones se renuevan anualmente."

Art. 3.- Modifícase el inciso 6) y agréguense los incisos 7) y 8) en el "Art. 29 de la Ley 31 el que quedará redactado de la siguiente manera:
6) Diseñar la política de informática y telecomunicaciones, organizar y mantener un sistema informático que permita el acceso de todos los usuarios y agentes del servicio de Justicia a información precisa, permanente y actualizada de acuerdo a sus competencias.
7) Organizar y mantener la necesidad de infraestructura de los organismos que integran el servicio de Justicia de la Ciudad.
8) Toda otra función que le encargue el plenario o se le atribuya por Ley o reglamento."

Art.4°.- Agréguese a la Ley 31 el Art. 41bis. "Funciones de la Comisión De Fortalecimiento Institucional, Planificación Estratégica y Política Judicial:
Le compete a la Comisión de Fortalecimiento Institucional, Planificación Estratégica y Política judicial:
1) Intervenir en la profundización del intercambio de experiencias de gestión institucional con otros niveles de la administración pública o de administración de Justicia de orden local, nacional o internacional.
2) Diseñar e implementar herramientas e instrumentos de planificación estratégica para la prestación del servicio de Justicia de la Ciudad y el Consejo de la Magistratura.
3) Elaborar las políticas destinadas a la efectiva transferencia de las competencias de la Justicia Nacional a la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires."

Art.5°.- Derógase la cláusula transitoria novena de la Ley 31.

Art.6°.- Comuníquese, etc.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 2693, modifica el Art. 18 de la Ley 31.</p><p>Art. 2, modifica el Art. 28.</p><p>Art. 3, modifica el inciso 6) y agrega los incisos 7) y 8) en el Art. 29.</p><p>Art. 4, agrega el Art. 41 bis.</p><p>Art. 5, deroga la cláusula transitoria novena de la Ley 31.</p>
PROMULGADA POR