RESOLUCIÓN 756 2008 MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO
Síntesis:
GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS - BASURA CERO - SE ESTABLECE REGLAMENTO Y DESIGNA PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE ASESORIAMIENTO INTERNO - FABIÁN JORGE RODRÍGUEZ SIMÓN
Publicación:
09/06/2008
Sanción:
27/05/2008
Organismo:
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO
Visto la Ley N° 1854; la Ley N° 123; la Ley N° 2506; el Decreto N° 639/GCBA/07 (BOCBA N° 2380); sus modificatorias, el Expediente N° 28851/2008 y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 1854, estableció un conjunto de pautas, principios, obligaciones y responsabilidades para la gestión integral de los residuos sólidos urbanos que se generen en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en forma sanitaria y ambientalmente adecuadas, a fin de proteger el ambiente, seres vivos y bienes, adoptando como principio para la problemática de los residuos sólidos urbanos el concepto de Basura Cero;
Que en el artículo 10° de dicha ley, se encomendó el monitoreo de los objetivos de la misma a una comisión integrada en el marco del Consejo Asesor Permanente establecido por la Ley N° 123, modificada por la Ley N° 452 ;
Que, asimismo, el Decreto N° 639/GCBA/07, reglamentario de la Ley N° 1854, dispuso en su artículo 50°, que la Autoridad de Aplicación debía impulsar la integración de una Comisión de Asesoramiento de las temáticas abordadas por la mentada ley y el decreto reglamentario, en el marco del Consejo Asesor Permanente de la Ley N° 123;
Que dicha Comisión de Asesoramiento Técnico de la Ley N° 1854 se reunió por primera vez el día 23 de mayo de 2007, y continuó reuniéndose hasta el momento sin contar con un reglamento interno que establezca su funcionamiento;
Que en este sentido, y a los efectos de velar por el cumplimiento de los objetivos que se tuvieron en cuenta al sancionar la Ley N° 1854, resulta necesario regular de manera clara y precisa el correcto funcionamiento de la Comisión de Asesoramiento a través de un reglamento interno, determinando el ámbito de funcionamiento, su composición, y las pautas de comportamiento y participación de sus integrantes;
Que el artículo 48 de la Ley 1854, establece que la autoridad de aplicación es el organismo de más alto nivel con competencia en materia ambiental que determine el Poder Ejecutivo;
Que en este orden de ideas y teniendo en cuenta que de conformidad con las competencias establecidas por el artículo 24° inciso 15 de la Ley N° 2.506 de Ministerios de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, el Ministerio de Ambiente y Espacio Público, debe actuar como Autoridad de Aplicación de las leyes relacionadas con la materia ambiental, corresponde en este acto establecer el Reglamento Interno para el funcionamiento de la Comisión de Asesoramiento Técnico de la Ley N° 1854;
Que asimismo resulta necesario designar a la máxima autoridad de la mencionada Comisión;
Por ello,
Art. 1°- Establecese como reglamento interno para el funcionamiento de la Comisión de Asesoramiento Técnico de la Ley N° 1854 el Anexo que se adjunta, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2°- Desígnese como Presidente de la Comisión de Asesoramiento Técnico de la Ley N° 1854 en virtud de lo previsto por el artículo 5° del Reglamento Interno, al Sr. Fabián Jorge Rodríguez Simón, DNI 12.728.408.
Art. 3°- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Higiene Urbana y a la Agencia de Protección Ambiental. Cumplido, archívese.
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 2947