RESOLUCIÓN 626 2012 MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO EL ARTÍCULO 1 DE LA RESOLUCIÓN 756-MAYEPGC-08 - APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE ASESORAMIENTO TÉCNICO DE LA LEY 1854 - GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
18/06/2012
Sanción:
13/06/2012
Organismo:
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO
las Leyes N° 123, N° 452, N° 1854, el Decreto N° 639/07 y sus modificatorias, la
Resolución N° 756-MAYEP/08, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto, tramita la aprobación de un nuevo reglamento
interno de la Comisión de Asesoramiento Técnico de la Ley N° 1854;
Que como antecedentes; la Ley N° 1854, estableció un conjunto de pautas, principios,
obligaciones y responsabilidades para la gestión integral de los residuos sólidos
urbanos que se generen en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, en forma sanitaria y ambientalmente adecuadas, a fin de proteger el ambiente,
seres vivos y bienes, adoptando como principio para la problemática de los residuos
sólidos urbanos el concepto de "Basura Cero";
Que a través de el artículo 10 inciso n) de la mencionada Ley, se encomendó el
monitoreo de los objetivos de la misma a una comisión integrada en el marco del
Consejo Asesor Permanente establecido por la Ley N° 123, modificada por la Ley N°
452;
Que por su parte, el artículo 49 de la Ley N° 123, dispuso que el Consejo Asesor
Permanente estaría integrado por representantes de las Universidades con sede en la
Ciudad de Buenos Aires, centros de investigación científica, asociaciones de
profesionales, trabajadores y empresarios, organizaciones no gubernamentales
ambienta listas y toda otra entidad representativa de sectores interesados, con los
alcances que determine la reglamentación;
Que el artículo 1° del Decreto N° 639/07, aprobó la Reglamentación de la Ley N° 1.854
de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que el artículo 50 de la mencionada Reglamentación dispuso que la autoridad de
aplicación debía impulsar la integración de una Comisión de Asesoramiento de las
temáticas abordadas por la mentada Ley y el Decreto Reglamentario, en el marco del
Consejo Asesor Permanente de la Ley N° 123;
Que asimismo, a través del artículo 2° del Decreto N° 639/07, se designó como
autoridad de aplicación de la Ley N° 1854, al Ministerio de Ambiente y Espacio
Público;
Que mediante Resolución N° 756-MAYEP/08, se aprobó, como Anexo, por medio del
artículo 1°, el reglamento interno para el funcionamiento de la Comisión de
Asesoramiento Técnico de la Ley N° 1854; Que la Agencia de Protección Ambiental, a
través de la Providencia N° 843883-DGEAMB/12 propicia la aprobación de un nuevo
reglamento interno, a efectos de lograr el regular y correcto funcionamiento de la
Comisión de Asesoramiento Técnico de la Ley N° 1854;
Que asimismo, destaca que la finalidad del mismo radica en contemplar la
participación de los diferentes sectores involucrados de manera más dinámica de lo
que hace el actual reglamento, perfeccionando de ese modo la eficacia de la aludida
Comisión;
Que en este contexto, corresponde dejar sin efecto el artículo 1° de la Resolución N°
756-MAYEPGC/08, y proceder a la aprobación de un nuevo reglamento interno de la
Comisión de Asesoramiento Técnico de la Ley N° 1854.
Que por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 639/07,
Artículo 1°. -Déjase sin efecto el artículo 1° de la Resolución N° 756-MAYEPGC/08.
Artículo 2°.- Apruébase como reglamento interno de la Comisión de Asesoramiento Técnico de la Ley N° 1854, el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante
de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Higiene Urbana y pase para su conocimiento y
demás efectos a la Agencia de Protección Ambiental. Cumplido, archívese. Santilli
ANEXOS
ANEXO
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3934