RESOLUCIÓN 1279 2008 SUBSECRETARIA DE PATRIMONIO CULTURAL

Síntesis:

RECTIFICA EL ART. 1° DE LA RESOLUCIÓN N° 3.181-MCGC-07 - SUBSIDIO SOLICITADO POR LA ASOCIACIÓN VECINAL Y BIBLIOTECA GENERAL BENITO NAZAR

Publicación:

13/06/2008

Sanción:

21/05/2008

Organismo:

SUBSECRETARIA DE PATRIMONIO CULTURAL


Visto el Expediente N° 75455/2007, la Ley N° 2035 y el Decreto N° 1257/2007 y la Resolución N° 2801-SSPCUL-2007

CONSIDERANDO:

Que la resolución 3181-MCGC-07 resolvió conceder el subsidio solicitado por la Asociación Vecinal y Biblioteca General Benito Nazar, encuadrado en el subsidio MENSUAL, por la suma de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO con 60/100 ($2.368,60), para ser aplicado al proyecto Contratación de un Bibliotecario/a y gastos de la Biblioteca

Que se ha advertido que en el artículo 1 del acto administrativo, individualizado en el primer párrafo del presente, se incurrió en un error material involuntario al transcribir un número de CUIT que no corresponde a la beneficiaria del subsidio.

Que, en consecuencia, debe subsanarse el precitado error material y, a fin de evitar futuras confusiones, proceder a emitir el presente acto administrativo, materializando la rectificatoria propiciada.

Que a los fines expuestos, se pone de relieve que la enmienda a efectuarse no altera en lo sustancial el acto administrativo oportunamente dictado, el que resulta plenamente válido.

Por ello;

LA SRA SUBSECRETARIA DE PATRIMONIO CULTURAL

RESUELVE:

Art. 1°.-Rectíficase el artículo 1° de la Resolución N° 3181-MCGC-07, de fecha 30 de octubre de 2007, el que quedará redactado en los siguientes términos: Concédese el subsidio solicitado por la Asociación Vecinal y Biblioteca General Benito Nazar, CUIT N° 30-69458433-7, encuadrado en el subsidio MENSUAL, por la suma de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO con 60/100 ($2.368,60), para ser aplicado al proyecto Contratación de un Bibliotecario/a y gastos de la Biblioteca

Art. 2°.-Regístrese, públiquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciónes Generales de Contaduría y de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.

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Res. 1279-08 rectifica el Art. 1° de la Res. 3181-07