RESOLUCIÓN 241 2008
Síntesis:
MODIFICA - PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES DE LA LEGISLATURA - CONTRATACIONES
Publicación:
18/06/2008
Sanción:
05/06/2008
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
VISTO el presente Expediente N° 32323/SA/2008, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 044-SA-2008 se aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para las contrataciones de esta Legislatura.
Que con la aplicación del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales se han planteado cuestiones de operatividad y de interpretación por parte de los oferentes.
Que el Artículo 5° del Pliego fija un plazo de 2 (Dos) días antes de la fecha establecida para la apertura de las ofertas, en el que podrán formularse consultas por escrito ante la Dirección General de Compras y Contrataciones, estimándose necesario fijar dicho plazo en 3 (Tres) días
Que el Artículo 9° del Pliego, referente a la exención de presentar garantías se presta a errores de interpretación por parte de los oferentes.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el artículo 95, inciso 3° del Reglamento Interno de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, confiere la necesaria competencia para este acto.
Por ello,
EL SECRETARIO ADMINISTRATIVO DE LA LEGISLATURA
DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
ARTICULO 1°: MODIFÍCASE la redacción del Artículo 5° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en lo referente a la cantidad de días que los oferentes tienen para efectuar consultas por escrito, el que queda redactado según el Anexo que se adjunta.
ARTICULO 2°: MODIFÍCASE la redacción del Artículo 9° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales referido a la Exención de presentar Garantía, el que queda redactado según el Anexo que se adjunta.
ARTÍCULO 3°: DISPÓNESE su aplicación a partir del día siguiente al de su publicación.
ARTICULO 4°: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, ARCHÍVESE.
ANEXOS
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