RESOLUCIÓN 1318 2008 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

APRUEBA EL CONTRATO DE SERVICIOS DE INFORMACIÓN FINANCIERA PROFESIONAL CON REUTERS LIMITED

Publicación:

18/06/2008

Sanción:

02/06/2008

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


Visto las Leyes N° 70, N° 2.570 y N° 2.571, el Decreto N° 51/GCBA/08, la Resolución N° 101-MHGC-08; el Decreto N° 195/GCBA/2008; y

CONSIDERANDO:

Que a fin de instrumentar las medidas necesarias para obtener fondos destinados a financiar las inversiones en infraestructura social en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con la Ley N° 2.570, se convocó a un concurso entre entidades financieras de primer nivel, con el objeto de contratar a una o más entidades financieras que asistan al Poder Ejecutivo en el diseño, la estructuración y ejecución de las operaciones de Crédito Público necesarias para financiar el Fondo de Infraestructura Social;

Que, conforme las facultades conferidas al Ministro de Hacienda de este Gobierno por Decreto N° 51/GCBA/2008, se elaboró y aprobó un Pliego de Bases y Condiciones que describe las características del llamado a concurso y las funciones, derechos y obligaciones de la o las entidades financieras indicadas anteriormente y que, además, determina las características generales, incluyendo los principales términos y condiciones de dichas operaciones de crédito público;

Que, en el mismo sentido, se facultó al Ministro de Hacienda para adoptar las decisiones que sean necesarias y/o convenientes, acordes con las prácticas usuales en los mercados financieros y lo establecido en el pliego de bases y condiciones, a fin de implementar la o las operaciones de crédito público que resulten de la oferta adjudicada y para suscribir en nombre y representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires toda la documentación que resulte necesaria y/o conveniente a tal fin, previa intervención de los órganos competentes de este Gobierno;

Que mediante el Decreto N° 195/GCABA/08, el Jefe de Gobierno, en concordancia con la recomendación efectuada por la Comisión Evaluadora Ad Hoc, seleccionó la oferta presentada por el consorcio conformado por Barclays Capital In., Citigroup Global Markets In. y Banco Macro S.A.;

Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires requiere la contratación de un servicio de información financiera profesional que le permita, a través de la Dirección General de Crédito Público, efectuar entre otras operaciones, el análisis de los mercados financieros, la construcción y seguimiento de curvas de rendimientos para la asignación del precio del futuro título de deuda y el seguimiento de la cotización del mismo después de su emisión; como así también el seguimiento de los títulos de deuda ya emitidos a los mismos fines y efectos antes mencionados;

Que, asimismo, la presente contratación se realiza con el objeto de cumplimentar con lo dispuesto en la artículo 96, Inciso a) de la Ley 70, el cual establece que: Es competencia de la Oficina de Crédito Público: a) Mantener un sistema de información sobre el mercado de capitales nacional e internacional, a fin de asesorar al Poder Ejecutivo sobre las posibilidades de financiamiento…;

Que se ha solicitado a Reuters Limited, Sucursal Argentina y a Bloomberg L.P., principales compañías internacionales que suministran dichos servicios de información financiera, la presentación de una propuesta para la prestación de los servicios requeridos por la Ciudad;

Que luego del análisis de las mencionadas propuestas se ha constatado que los servicios ofrecidos por Reuters Limited, Sucursal Argentina, cumplen con los requerimientos de la Dirección General de Crédito Público, ya que, proveerá de un servicio de información a tiempo real y un equipo de herramientas que permitirá analizar en profundidad cualquier instrumento financiero del mercado local e internacional; así como también un servicio a través del cual se podrá acceder a las principales noticias sobre mercados y política de todo el mundo;

Que la cotización efectuada por Reuters Limited, Sucursal Argentina, resulta más económica que la ofertada por Bloomberg L.P. Asimismo, con respecto a los términos y condiciones del contrato, ofrecen: como plazo de duración un (1) año, automáticamente prorrogable por el mismo período; una bonificación sobre el precio final; acordar las leyes de la República Argentina para su regulación e interpretación y someterse a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos Administrativos y Tributarios de la Ciudad de Buenos Aires, conforme con lo establecido en el artículo 106 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aries;

Que, en relación a la propuesta de Bloomberg L.P, el contrato tendría una vigencia de dos (2) años, fijando las leyes del Estado de Nueva York para la interpretación del mismo, debiendo someterse las partes a la jurisdicción de los tribunales federales y estatales situados en el condado del Estado de Nueva York;

Que por los motivos expuestos resultan fundadas razones en cuanto a la calidad y amplitud de los servicios ofrecido por Reuters Limited, Sucursal Argentina, que justifican la conveniencia de su contratación;

Que existen los créditos presupuestarios suficientes para hacer frente a la contratación señalada, accesoria a la principal de crédito público que se está llevando a cabo;

Que resulta conveniente a los fines de una mayor celeridad en el proceso de contratación, autorizar al Director General de Crédito Público a suscribir el respectivo contrato con Reuters Limited, Sucursal Argentina;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 51/GCBA/08,

El MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Art. 1°.- Apruébase el contrato de servicios de información financiera profesional a ser celebrado entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y Reuters Limited, Sucursal Argentina, que se acompaña a esta resolución como Anexo I y es parte integrante de la misma, el cual se compone por los siguientes documentos: a) Contrato de Servicios: Formulario de Pedido Inicial, b ) Contrato de Servicios: Términos y Condiciones Generales, c) Addendum al Contrato de Servicios, d) Addendum sobre Funciones Interactiva y e) Addendum de Acceso a Mercados.

Art. 2°.- Autorízase al Director General de Crédito Público a suscribir el contrato aprobado en el artículo 1°.

Art. 3°.- Los gastos que demande la ejecución del mencionado contrato serán imputados a la Jurisdicción 98 Servicio de la Deuda Pública, Programa 16 -Intereses de la Deuda, del Presupuesto Vigente.

Art. 4°.- Déjase establecido que hasta tanto se constituya el Registro a que hace referencia el artículo 105, inciso 2°) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los documentos aprobados en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes deben ser protocolizados en la Escribanía General de la Ciudad de Buenos Aires, con lo cual se considerará cumplido el requisito de registración establecido en dicho artículo.

Art. 5°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase para su conocimiento a las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería y a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Crédito Público.


ANEXOS

ANEXO

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Tipo de relación

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Detalle

INTEGRA
Res. 1318-08 aprueba el contrato con Reuters Limited, seleccionada por Dto. 195-08