DECRETO 195 2008

Síntesis:

SELECCIONA OFERTA DEL CONCURSO PARA EL DISEÑO, LA ESTRUCTURACIÓN Y LA EJECUCIÓN DE LAS OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO

Publicación:

19/03/2008

Sanción:

13/03/2008

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la sanción y promulgación de las Leyes N° 2.570 y N° 2.571, el Decreto N° 51/08, la Resolución N° 101-MH/08 y la Resolución N° 330-MH/08, y

CONSIDERANDO:

Que a fin de instrumentar las medidas necesarias para obtener fondos destinados a financiar las inversiones en infraestructura social en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con la Ley N° 2.570, se convocó a un concurso entre entidades financieras de primer nivel, a fin de contratar a una o más entidades financieras que asistan al Poder Ejecutivo en el diseño, la estructuración y ejecución de las operaciones de crédito público necesarias para financiar el Fondo de Infraestructura Social;

Que, conforme las facultades conferidas al Ministerio de Hacienda de este Gobierno, se elaboró y aprobó un pliego de bases y condiciones que describe las características del llamado a concurso y las funciones, derechos y obligaciones de la o las entidades financieras indicadas anteriormente y que, además, determina las características generales, incluyendo los principales términos y condiciones, de las operaciones de crédito público referidas anteriormente, regulando los mecanismos que posibiliten la obtención de los citados fondos en las mejores condiciones posibles para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con las condiciones vigentes en los mercados financieros;

Que el 1° de febrero de 2008 a través del Ministerio de Hacienda de este Gobierno se invitó a diez entidades financieras de primer nivel a presentar ofertas en los términos del pliego de bases y condiciones;

Que el artículo 4° del Decreto N° 51/08 facultó al Ministro de Hacienda del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a crear y presidir la Comisión de Evaluación que analizará y ponderará las ofertas presentadas y propondrá al Jefe de Gobierno la oferta que resulte más conveniente a fin de que este último designe a la o las entidades financieras que lleven a cabo el diseño, la estructuración y ejecución de las operaciones de crédito público, previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires (conforme el artículo 7°, inciso d) de la Ley de Procedimientos Administrativos y la Ley N° 1.218), de conformidad con las pautas establecidas en el pliego de bases y condiciones;

Que el 21 de febrero de 2008 se presentaron ocho ofertas por entidades financieras de primer nivel, en respuesta a la invitación cursada por este Gobierno, a través de su Ministerio de Hacienda;

Que la Comisión Evaluadora analizó y ponderó las propuestas presentadas por distintas entidades financieras que se presentaron al llamado a concurso y el 11 de marzo de 2008 emitió su recomendación sobre la selección de la oferta más conveniente para su designación por el señor Jefe de Gobierno de conformidad al pliego de bases y condiciones;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que establece el artículo 134 de la Constitución y la Ley N° 1.218;

Por ello, y en uso de las atribuciones establecidas en los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

El JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Selecciónase la oferta presentada por el consorcio conformado por Barclays Capital Inc., Citigroup Global Markets Inc. y Banco Macro S.A. en el concurso convocado por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el diseño, la estructuración y la ejecución de las operaciones de crédito público con el objeto de atender las necesidades de financiamiento de inversiones en infraestructura social del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con la Ley N° 2.570, por la suma de hasta pesos un mil seiscientos cuatro millones doscientos treinta y dos mil ochocientos catorce ($ 1.604.232.814) y/o su equivalente en otra y/u otras monedas, al momento de la firma de la documentación que instrumente la o las referidas operaciones de crédito público, que deberán tramitarse previa intervención de los órganos competentes de este Gobierno y con sujeción a lo establecido en el artículo 4° de la Ley N° 2.570 respecto de la aprobación de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2° - Facúltase al Ministro de Hacienda del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a instrumentar los acuerdos y contratos relativos a las operaciones de crédito público referidas en el artículo 1°, incluyendo los contratos a suscribir con el consorcio seleccionado.

Artículo 3° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase para su conocimiento a las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería y de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Crédito Público.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Dto. 195-08 selecciona la empresa financiera que proveerá los fondos de inversiones previstos en el marco de la Resolución 101-MHGC-08.</p>
INTEGRADA POR
Res. 1318-08 aprueba el contrato con Reuters Limited, seleccionada por Dto. 195-08
INTEGRADA POR
Res. 2209-MHGC-08 Aprueba los modelos del Segundo Suplemento del Contrato de Agencia con el consorcio conformado por Barclays Capital Inc., Citigroup Global Markets Inc. y Banco Macro SA - oferentes aprobados por Dec. 195-08