RESOLUCIÓN 17 2008 AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION
Síntesis:
APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN - APRUEBA MISIONES Y FUNCIONES
Publicación:
08/07/2008
Sanción:
26/06/2008
Organismo:
AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION
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Visto la Ley N° 2.689 (B.O.C.B.A. N° 2.934), el Decreto N° 552/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.936), y el Expediente N° 32.384/2008, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.689 creó la Agencia de sistemas de Información como �una entidad autárquica en el orden administrativo, funcional y financiero, en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires� en su carácter de órgano rector en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones en el ámbito del Poder Ejecutivo;
Que según lo establecido en el Artículo 8° de la citada Ley, la Agencia será administrada por un (1) Director Ejecutivo, con rango de Subsecretario;
Que mediante Decreto N° 552/2008, se designó al Licenciado Julián DUNAYEVICH, en dicho cargo;
Que conforme lo prescripto en el Artículo 10°, inc. a), de la referida Ley, son funciones del Director Ejecutivo Organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico-funcional, así como los aspectos organizativos, operativo y de administración;
Que asimismo el inc. k), del precitado Artículo, le confiere al Director Ejecutivo la función de Determinar la cantidad de Direcciones Generales, así como su responsabilidades primarias, hasta un número de cuatro (4);
Por ello, conforme las facultades conferidas por el Artículo 10° de la Ley N° 2.689 (B.O.C.B.A. N° 2.934);
Art. 1°.- Apruébase a partir del 22 de mayo de 2008, la estructura orgánico funcional de la Agencia de Sistemas de Información de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tal como se indica en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2°.- Apruébanse las misiones y funciones, de las Unidades de Organización integrantes del organigrama aprobado por el Artículo 1°, conforme el Anexo II, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y condiciones que se consigna.
Art. 3°.- El Titular de la Unidad de Auditoría Interna, de la Agencia de Sistemas de Información, tendrá un nivel retributivo equivalente a Director General.
Art. 4°.- El Coordinador de la Unidad de Sistemas de Información Geográfica, tendrá un nivel retributivo equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) de la remuneración establecida en el artículo 4° del Decreto N° 2.075/2007, para un Director General.
Art. 5°.- Desígnanse a partir de diferentes fechas, a distintas personas, en diversos cargos, pertenecientes a la Agencia de Sistemas de Información, tal como se indica en el Anexo III, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y condiciones que se consigna.
Art. 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Agencia de Sistemas de Información y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda; cumplido, archívese.
ANEXOS
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