DECRETO 834 2008

Síntesis:

SE TRANSFIEREN COMPETENCIAS A LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - SUPRESIÓN DE ORGANISMOS - SUPRIME EL ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD DE FORMACIÓN E INFORMACIÓN AMBIENTAL DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - TRANSFIERE PERSONAL PATRIMONIO Y PRESUPUESTO - MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD

Publicación:

16/07/2008

Sanción:

10/07/2008

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la Ley N° 2.628, los Decretos N° 966/GCBA/2007 (B.O.C.B.A. N° 2726), N° 2.075/GCBA/2007 (B.O.C.B.A. N° 2829) y N° 137/GCBA/2008 (B.O.C.B.A. N° 2878), el Expediente N° 27.813/2008, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental, como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el artículo 13 de la mencionada Ley se transfirieron a dicha Agencia todos los bienes muebles e inmuebles afectados al cumplimiento de las misiones y funciones asignadas a la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, asimismo en ese artículo se estableció que las dependencias involucradas son, del ex Ministerio de Medio Ambiente: la Subsecretaría de Política y Gestión Ambiental, las Direcciones Generales de Política y Evaluación Ambiental, y de Gestión Ambiental, y del ex Ministerio de Gobierno: la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental;

Que por Decreto N° 2075/GCBA/2007, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la cual se establecieron los objetivos y responsabilidades primarias de las Unidades de Organización, creando entre otros, a la Unidad de Formación e Información Ambiental como Organismo Fuera de Nivel, en la órbita del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que mediante el Decreto N° 137/GCBA/2008 se transfirieron a la Agencia de Protección Ambiental, el presupuesto, patrimonio y personal asignado que se encontraba afectado al cumplimiento de las responsabilidades primarias asignadas por el Decreto N° 2075/GCBA/2007 a la Subsecretaría de Política y Gestión Ambiental y a las Direcciones Generales de Política y Evaluación Ambiental, de Gestión Ambiental, y de Control de la Calidad Ambiental bajo su dependencia;

Que sin perjuicio de lo hasta aquí expuesto, cabe destacar que mediante el Decreto N° 350/GCABA/2006, se dispuso la creación del ex Organismo Fuera de Nivel Unidad de Formación e Información Ambiental dependiente del entonces Ministerio de Medio Ambiente;

Que posteriormente, mediante el artículo 3° del Decreto N° 966/GCBA/2007, se transfirieron las responsabilidades primarias del citado Organismo Fuera de Nivel a la Dirección General de Gestión Ambiental dependiente del entonces Ministerio de Medio Ambiente, disponiendo asimismo la supresión del mentado Organismo mediante el artículo 4°;

Que, en dicha inteligencia es menester advertir que al momento del dictado de la Ley N° 2.628, las responsabilidades primarias de dicha Unidad, se encontraban en la órbita de la entonces Dirección General de Gestión Ambiental del ex Ministerio de Medio Ambiente;

Que en tal orden de ideas, resulta pertinente suprimir el Organismo Fuera de Nivel Unidad de Formación e Información Ambiental creado por Decreto N° 2075/GCBA/2007, transfiriendo su presupuesto, patrimonio y personal, a la órbita de la Agencia de Protección Ambiental, conforme lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N° 2.628;

Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Art. 1°.- Transfiéranse a la Agencia de Protección Ambiental el presupuesto, patrimonio y personal asignado que se encuentren afectados al cumplimiento de las responsabilidades primarias asignadas por el Decreto N° 2075/GCBA/2007 a la Unidad Fuera de Nivel Unidad de Formación e Información Ambiental dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público.

Art. 2°.- Suprímase el Organismo Fuera de Nivel Unidad de Formación e Información Ambiental dependiente del Ministerio de Medio Ambiente y Espacio Público.

Art. 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Ambiente y Espacio Público y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Art. 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Agencia de Protección Ambiental y para su conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Dec. 834-08 Suprime el OFN Formación e Información Ambiental - Transfiere a la APA sus responsabilidades primarias modifica Anexo I y II del Dec. 2075-08
CESADA POR
Dec. 836-09 Cesa J. Ibañez en el cargo designado por Dec. 834-08