DECRETO 836 2009
Síntesis:
RENUNCIA DE FUNCIONARIOS - SE ACEPTA RENUNCIA JAVIER IGNACIO IBAÑEZ - D.N.I. 22.960.843 COMO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES - DESIGNACIÓN EN EL CARGO VACANTE A EZEQUIEL SABOR - D.N.I. 21.923.142
Publicación:
25/09/2009
Sanción:
18/09/2009
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 2.506, el Decreto N° 843/08 y el Expediente N° 1.097.511/09
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 2.506, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por Decreto N° 843/08 se creó la Dirección General de Administración de Bienes dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, y se designó al Ingeniero Javier Ignacio Ibañez, D.N.I. 22.960.843, CUIT. 20-22960843-7, como Director General de la misma;
Que, según surge de los presentes actuados, el mencionado funcionario presentó su renuncia a partir del 1 de septiembre de 2.009, al cargo de Director General de la Dirección General de Administración de Bienes del Ministerio de Desarrollo Económico;
Que, en virtud de que el citado cargo se encuentra vacante, el Ministerio que nos ocupa propone cubrir el mismo;
Que, a tal efecto propicia la designación a partir del 1 de septiembre de 2.009, al Contador Ezequiel Sabor, D.N.I. 21.923.142, CUIL. 20-21923142-4, toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual fue propuesto.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1°.- Acéptase a partir del 1 de septiembre de 2.009, la renuncia presentada por el Ingeniero Javier Ignacio Ibañez, D.N.I. 22.960.843, CUIT. 20-22960843-7, como Director General de la Dirección General de Administración de Bienes del Ministerio de Desarrollo Económico.
Artículo 2°.- Desígnase a partir del 1 de septiembre de 2.009, al Contador Ezequiel Sabor, D.N.I. 21.923.142, CUIL. 20-21923142-4, como Director General de la Dirección General de Administración de Bienes del Ministerio de Desarrollo Económico.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo Económico y de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Económico, y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.