RESOLUCIÓN 1065 2008 MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO

Síntesis:

NORMA DEROGADA - SE SUSPENDE EN FORMA PROVISORIA - SOLICITUD OTORGAMIENTO PERMISOS DE ANUNCIOS PUBLICITARIOS Y-O RENOVACIÓN DE LO EXISTENTES - INICIADOS O EN TRÁMITE - DIRECCIÓN GENERAL ORDENAMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO - SUBSECRETARÍA DEL ESPACIO PÚBLICO

Publicación:

18/07/2008

Sanción:

10/07/2008

Organismo:

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO


Visto el artículo 27 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ordenanza 41.115 (B.M. N° 17733), la Ley N° 71 (B.O.C.B.A. N° 564), el Código de Planeamiento Urbano texto ordenado por Ley N° 449 (B.O.C.BA. N° 1.044) y modificatorias, la Ley N° 2.604 (B.O.C.B.A. N° 2.855) y el Expediente N° 34.060/2008; y,

CONSIDERANDO:

Que el Poder Ejecutivo ha delineado la proyección de una política de planeamiento y gestión del ambiente urbano, en los términos del artículo 27 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, priorizando la protección e incremento de los espacios públicos y la preservación y restauración del patrimonio urbanístico como arquitectónico y de la calidad visual y sonora (incs. 2 y3);

Que en el marco de dicha política, mediante Mensaje de Elevación N° 53 - Expediente N° 22.294/2008 - se elevó a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires un proyecto de ley que regula la publicidad exterior, cuyo principio rector es proteger, promover y mejorar los valores del paisaje urbano y de la imagen de la Ciudad;

Que, en ese contexto, resulta necesario encuadrar las iniciativas de emplazamientos de nuevos anuncios bajo la órbita de dicho plan y el estricto cumplimiento de una normativa acorde con el mismo, a partir de la sanción de una nueva Ley de Publicidad Exterior que ordene los procedimientos y propenda a un equilibrado desarrollo de los elementos que componen y definen el espacio público de la Ciudad;

Que mediante la Ley N° 71 se observó como objetivo y criterio orientador el concepto de desarrollo sostenible, con el fin de mejorar las condiciones de vida de la población sin poner en riesgo la satisfacción de las necesidades de las futuras generaciones. Asimismo se incorporó el concepto de paisaje urbano como principio rector para el mejoramiento de la calidad ambiental y consolidación del espacio urbano, y el contralor de la contaminación visual para componer una política de recuperación y conservación del patrimonio urbano;

Que en los últimos años, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha visto crecer la aparición de anuncios publicitarios, en forma constante y desbordante, muchas veces en zonas expresamente vedadas por la normativa que rige la materia;

Que, la situación aludida, potenciada por la velocidad del crecimiento de los mismos, requiere la adopción de medidas que garanticen el derecho a gozar del espacio público - libre de contaminación - que tiene todo ciudadano, en atención a la calidad de vida y a la preservación de la identidad de cada uno de los barrios de la Ciudad;

Que a mérito de la situación mencionada, corresponde tomar medidas preventivas, atento la obligación constitucional de proteger antes de recomponer cuando se trata de posibles riesgos de afectación del espacio público y/o de la calidad visual y/o patrimonio urbanístico y arquitectónico;

Que de acuerdo a lo establecido por el Decreto N° 2075/GCBA/07 la Dirección General Ordenamiento del Espacio Público tiene entre sus responsabilidades primarias entender en el otorgamiento de permisos publicitarios en el espacio público;

Que dichas funciones con anterioridad a la entrada en vigencia del mencionado Decreto eran propias de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, hecho que motivó la remisión de un cúmulo considerable de actuados relacionados con el otorgamiento de permisos de publicidad en la vía pública, pendientes de alta en el Sistema Único de Mesa de Entradas;

Que la falta de inclusión en dicho sistema, sumado a la inexistencia de soporte informático alguno que permita la individualización de las actuaciones remitidas, torna gravosa la prosecución de los trámites correspondientes;

Que a su vez, el cambio de funciones implicó la modificación del circuito administrativo seguido por la Dirección General de Habilitaciones y Permisos y la Dirección General de Rentas en cuanto a los pagos por contribución de publicidad, ocasionando mayores contratiempos en la organización y estructuración de las nuevas competencias asignadas a la Dirección General dependiente de este Ministerio;

Que en consecuencia, resulta conveniente la suspensión transitoria, por un período razonable, de los trámites de solicitud de permisos de anuncios publicitarios iniciados y que se inicien ante la Dirección General Ordenamiento del Espacio Público, dependiente de la Subsecretaría de Espacio Público de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, y en uso de facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

RESUELVE:

Artículo 1° - Suspéndese, por el término de ciento veinte (120) días a partir de la publicación del presente, el inicio ante la Dirección General Ordenamiento del Espacio Público, dependiente de la Subsecretaría de Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de todo trámite de solicitud de otorgamiento de permisos de anuncios publicitarios y/o de renovación de los existentes.

Artículo 2° - Suspéndese por el término de ciento veinte (120) días a partir de la publicación del presente, toda solicitud de otorgamiento de permisos de anuncios publicitarios y/o de renovación de los existentes que se encuentren en trámite ante la Dirección General Ordenamiento del Espacio Público, dependiente de la Subsecretaría de Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaria de Espacio Público y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Ordenamiento del Espacio Público. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
La Resolución N° 1065-MAYEPGC-08 suspende en forma provisoria el otorgamiento de permisos publicitarios ante la Dirección General Ordenamiento del Espacio Público en el marco del Decreto N° 2075-07