LEY 2761 2008
Síntesis:
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - LEY 2148 - DISCAPACITADOS - RESERVA DE LUGARES PARA ESTACIONAMIENTO - DOMICILIO - CONDICIONES
Publicación:
29/07/2008
Sanción:
26/06/2008
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
22/07/2008
Estado:
No vigente
Artículo 1°.- Se modifica el artículo 7.3.2 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley N° 2148 (B.O.C.B.A. N° 2615), agregando el siguiente texto como inciso c):
"c) En los casos de otro tipo de discapacidades que, sin ser las especificadas en los incisos anteriores conlleven problemas de movilidad o accesibilidad permanente, la Autoridad de Aplicación podrá otorgar la reserva correspondiente sin perjuicio de exigir los demás requisitos de este Capítulo."
Art. 2°.- Se sustituye el texto del artículo 7.3.3 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley N° 2148 (B.O.C.B.A. N° 2615) por el siguiente:
"7.3.3 Otras condiciones.
a) Los solicitantes contemplados en el artículo 7.3.2 deberán estar encuadrados en lo determinado en las Leyes Nacionales N° 19.279 (B.O. N° 22.276), 22.431 (B.O. N° 24.632) y 22.499 (B.O. N° 24.760) y sus reglamentaciones.
b) Los titulares no podrán en ningún caso gozar de más de una reserva ni tampoco podrá otorgarse más de una reserva por domicilio."
Art. 3°.-Comuníquese, etc.Santilli - Pérez