DECRETO 912 2008

Síntesis:

APRUEBA EL REGLAMENTO DE CONCURSO PARA LA SELECCIÓN DE AGENTES ADMINISTRATIVOS DE ATENCIÓN DE FALTAS ESPECIALES - COMISIÓN DE SELECCIÓN - JURADO DE EVALUACIÓN - RECUSACIONES Y EXCUSACIONES - LLAMADO A CONCURSO - INSCRIPCIONES - ESPECIFICACIONES - CONDICIONES DE ADMISIBILIDAD - RECHAZO IN LIMINE - CALIFICACIÓN Y PUNTAJE DE ANTECEDENTES - IMPUGNACIONES A LOS INSCRIPTOS - CONVOCATORIA A LA EVALUACIÓN TÉCNICA - PRUEBA ESCRITA DE OPOSICIÓN - ANONIMATO - PRUEBA ORAL - PUNTAJE - IMPUGNACIONES AL DICTAMEN - EVALUACIÓN DE LA COMISIÓN DE SELECCIÓN - ELEVACIÓN DE PROPUESTA - CÓMPUTO DE PLAZOS - EXCLUSIÓN AUTOMÁTICA DEL CONCURSO - 

Publicación:

31/07/2008

Sanción:

23/07/2008

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto las Leyes N° 2624 (B.O.C.B.A. 2.843), N° 2128 (B.O.C.B.A. 2.571) y 471 (B.O.C.B.A. 1.026), el Decreto N° 340/GCABA/07 (B.O.C.B.A. 2.639) y el Expediente N° 9880/2008, y;

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 2.128 se creó la Unidad Administrativa de Atención de Faltas Especiales, la que actúa como instancia única, obligatoria, administrativa y previa al juzgamiento por parte de la Justicia Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de todas aquellas faltas previstas en el Código de Faltas, excluyendo de su competencia las faltas comprendidas en el Capítulo Tránsito del citado Código y las que en lo sucesivo se prevean y estén directamente relacionadas con el ordenamiento de tránsito y la seguridad vial, las que siguen siendo atendidas por la Unidad Administrativa de Control de Faltas;

Que el Art. 4° del Anexo I de la citada ley expresa que dicha Unidad esta integrada por treinta y seis (36) Agentes Administrativos de Atención de Faltas Especiales que son seleccionados por concurso público de oposición y antecedentes;

Que por Ley N° 2624 se creó la Agencia Gubernamental de Control, a la cual le fueron transferidas las responsabilidades primarias, objetivos y acciones, patrimonio, presupuesto y recursos humanos con sus respectivos niveles y grados escalafonarios vigentes de la Unidad Administrativa de Control de Faltas Especiales, dependiente de la Dirección General de Administración de Infracciones;

Que el Art. 5° de la mencionada Ley aprobó dentro de la estructura de la Agencia Gubernamental de Control, a la Dirección General de Control de Faltas Especiales, que entre sus misiones tiene la de la puesta en marcha de la citada Unidad;

Que es prioritario para el funcionamiento de la Unidad Administrativa de Control de Faltas Especiales convocar a un Concurso Público de oposición y antecedentes para la selección de los Agentes Administrativos de Atención de Faltas Especiales, como así también aprobar un Reglamento que establezca las bases de dicho concurso;

Que dicho Reglamento debe ajustarse a las disposiciones contenidas en la Ley N° 471 de Relaciones Laborales para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su reglamentación;

Que corresponde aprobar junto con el presente Reglamento la solicitud de inscripción como parte integrante del mismo;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le corresponde;

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones y facultades conferidas por los Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°- Apruébase el Reglamento de Concurso para la Selección de Agentes Administrativos de Atención de Faltas Especiales del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que como Anexo I forma parte integrante del presente, a los fines de cubrir las vacantes que exige el artículo 4° del Anexo I de la Ley N° 2128.

Artículo 2°- Apruébase la Solicitud de Inscripción para la Postulación al Concurso de Selección de Agentes Administrativos de Atención de Faltas Especiales que como Anexo II integra el presente decreto.

Artículo 3°- Facúltase a la Agencia Gubernamental de Control a dictar las normas complementarias que sean necesarias para la implementación del Reglamento aprobado por el artículo 1°.

Artículo 4°- Los gastos que demande la presente gestión serán afrontados con créditos asignados a la Agencia Gubernamental de Control.

Artículo 5°- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia y Seguridad y de Hacienda y por el señor Jefe del Gabinete de Ministros.

Artículo 6°- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios de Justicia y Seguridad, y de Hacienda y a la Agencia Gubernamental de Control; y para su conocimiento, notificación y demás efectos, pase a la Dirección General de Control de Faltas Especiales. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 del Decreto 912-08, aprueba el Reglamento de Concurso para la Selección de Agentes Administrativos de Atención de Faltas Especiales, a los fines de cubrir las vacantes que exige el artículo 4 del Anexo I de la Ley 2128.</p>