RESOLUCIÓN 4249 1998 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

DESESTIMA VERIFICACIÓN DE CRÉDITO INTERPUESTA POR ACFOR S.A.C.

Publicación:

25/01/1999

Sanción:

22/10/1998

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Registro N° 1096-CDVex MCBA-96; y,

CONSIDERANDO:

Que por dicho Registro Acfor S.A.C. gestionó la verificación de un crédito de pesos cuarenta y un mil ochocientos ($ 41.800.00) relacionado con la venta de dos (2) automotores Ford Escort Ghia SX 0 Km., modelos 1994, conforme Contratación Directa N° 224/94 y formalizada a través de Orden de Compra N° 057/94;

Que su presentación del 18 de diciembre de 1996, fue efectuada en los términos del Decreto N° 225-GCBA-96;

Que por vía separada, y por carta documento de la misma fecha origen de la Nota N° 10.952-DGCyD-96-, reclamó el pago de pesos siete mil cien ($ 7.100,00) en concepto de gastos de depósito de una de las unidades vendidas dejada en su custodia desde el 4 de enero de 1995:

Que en el trámite de este Registro tomó intervención la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, creada por el Decreto N° 225-GCBA-96;

Que el citado cuerpo impuso a lo solicitado el trámite previsto por la norma que institucionalizó su funcionamiento produciendo información las dependencias requeridas;

Que las Direcciones Generales de Contaduría y Tesorería han dado cuenta de tener registrada una deuda con la peticionante -6/8/96- por un importe de pesos cuarenta y un mil ochocientos ($ 41.800,00);

Que luego de revisarse el crédito de marras y analizada la disposición financiera del Gobierno de la Ciudad se notificaron a Acfor S.A.C. las alternativas conducentes para satisfacerle el pago de lo verificado en su favor;

Que la comunicación se formalizó el 15 de mayo de 1997;

Que por tal diligencia se le hizo conocer, además, que su falta de respuesta a la proposición noticiada conllevaría a tenerla por no aceptada con el pertinente rechazo de la verificación intentada;

Que ante el silencio guardado por la causante corresponde formalizar la anunciada desestimación;

Que la también referenciada pretensión del pago de pesos siete mil cien ($ 7.100.00) en concepto de gastos de depósito- no fue solicitada conforme las formalidades impuestas por el Decreto N° 225-GCBA-96;

Que por ello es improcedente su tratamiento al amparo de lo previsto por la indicada norma;

Que así lo entendió la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en su dictamen del 14 de octubre de 1997 posteriormente ampliado el 20 de julio de 1998;

Que a través de tales asesoramientos se ha satisfecho lo prescripto por el art. 8° del Decreto N° 225-GCBA-96;

Que en el recordado reclamo Acfor S.A.C. expresó ser depositario de un automotor de las características ya individualizadas;

Que de las constancias e informaciones arrimadas a este Registro ha quedado acreditado que tal unidad le fue entregada en su momento a efectos de su reparación;

Que la reclamante retuvo el vehículo ante la falta de pago de los trabajos encomendados, situación en la cual todavía se encuentra;

Que en mérito de lo señalado la Procuración General sostuvo que Acfor S.A.C. no pueda arrogarse su invocado carácter habida cuenta de no encontrarse formalizado el mentado depósito conforme los términos establecidos por el art. 2.186 del Código Civil;

Que por lo expuesto entendió correspondiente encuadrar la conducta de la empresa en lo dispuesto por los arts. 2.364 y concordantes del citado cuerpo legal, respecto de los poseedores de mala fe;

Que además indicó la necesidad de tomar nuevo conocimeinto de este Registro y demás antecedentes agregados al mismo;

Que tal requerimiento fue formulado para evaluar la conveniencia de instruir un sumario y eventualmente iniciar acción penal por las tramitaciones habidas como consecuencia de la contratación origen del reclamo crediticio perseguido e igualmente intervenir en el recupero del vehículo retenido indebidamente;

Que la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, a través de su Acta de estilo, suscripta el 14 de enero de 1998, se expidió en el sentido de rechazar la verificación gestionada por Acfor S.A.C. en virtud del silencio de la misma ante la propuesta de pago puesta en su conocimiento;

Que dio cumplimiento con ello a lo previsto por el art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, como se ha indicado ut supra, satisfizo la intervención señalada por el art. 8° de la citada normativa;

Por ello, y conforme el art. 9° del Decreto N° 225-GCBA-96,

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1° - Desestímase la verificación de crédito interpuesta por Acfor S.A.C., en los términos del Decreto N° 225-GCBA-96.

Art. 2° - Notifíquese a la interesada.

Art. 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Planificación Presupuestaria, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás fines a la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y a las Direcciones Generales de Tesorería y de Contaduría. Cumplido, remítase a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires a los fines indicados por la misma en su Dictamen de fecha 20 de julio de 1998 apartado III.

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