RESOLUCIÓN 592 2008 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Síntesis:
LA VIGENCIA DE ESTA NORMA HA SIDO SUSPENDIDA POR RESOLUCIÓN N° 594-CM-08 - DISPONE PERCEPCIÓN DE ADICIONAL SALARIAL PARA EL PERSONAL DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Publicación:
07/08/2008
Sanción:
24/07/2008
Organismo:
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
VISTO:
La presentación de fecha 24 de julio de 2008 del Sr. Presidente del Colegio de Magistrados, Integrantes del Ministerio Público y Funcionarios del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma, el Dr. Marcelo Vázquez solicita se incorpore en las remuneraciones de los magistrados y funcionarios de las áreas jurisdiccionales un adicional del diez por ciento bajo el rubro responsabilidad funcional y especialización.
Que dicha petición es reiteratoria de solicitudes previamente formuladas tanto por la entidad representada por el Dr. Vázquez como por la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Ciudad mediante Actuaciones Nros. 7087/08 y 7170/08.
Que el Reglamento Interno del Consejo de la Magistratura aprobado por Resolución CM N° 504/2005 prevé en su artículo 14.9 la precepción por parte de los funcionarios del área administrativa de un adicional de idéntica naturaleza, por lo que en virtud del principio de igualdad el Plenario, por mayoría, estima que debe darse curso favorable al planteo formulado.
Que conforme lo informado por el Sr. Presidente Coordinador de la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, se cuentan con recursos presupuestarios suficientes para dicha erogación, a partir de la fecha.
Que, finalmente, corresponde dejar constancia que la presente resolución es suscripta por el Sr. Presidente y la Sra. Secretaria del Consejo de la Magistratura en orden lo prescripto por el artículo 11 del Reglamento del Plenario, sin perjuicio de sus posiciones personales y el sentido de sus respectivos votos.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 31 y sus modificatorias:
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Art. 1°: Disponer, a partir del día de la fecha, la percepción por parte de los magistrados y funcionarios jurisdiccionales -desde la categoría de Juez de Cámara de Apelaciones a la categoría de Prosecretario Administrativo- del adicional previsto en el artículo 14.9. del Anexo I de la Resolución CM N° 504/2005.
Art. 2°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad y en la página de internet del Poder Judicial, comuníquese a todas las dependencias y, oportunamente, archívese.