RESOLUCIÓN 348 2008 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
DELEGA LA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS Y ACUERDOS INDIVIDUALES DE PASANTÍAS Y ASISTENCIA TÉCNICA EN JOSÉ RICHARDS - DIRECTOR GENERAL LEGAL Y TÉCNICO
Publicación:
20/08/2008
Sanción:
07/08/2008
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Visto la ley 2624, el decreto 1510/97 y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 7 inc. b) de la ley 2624, la Agencia Gubernamental de Control de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, inviste la facultad de proponer la suscripción de convenios.
Que, asimismo posee competencia, según el art 7 inc. e) para organizar y
reglamentar el funcionamiento interno de esta entidad Autárquica.
Que, corresponde a la Dirección Ejecutiva dictar todo tipo de acto administrativo o celebrar todo tipo de contrato vinculado con las misiones y funciones del organismo, dentro de lo establecido por la legislación vigente.
Que, se estima conveniente para el cumplimiento de las misiones y funciones de esta Agencia la suscripción de Convenios y Acuerdos Individuales de Pasantías previsto en el marco de la ley nacional N° 25165.
Que, el órgano ejecutivo puede delegar a través de los actos administrativos correspondientes, las facultades en los Directores Generales y personal superior de esta Agencia, según el artículo 12 inc. g) de la ley de creación de este autárquico.
Que, a fin de tramitar los Convenios y Acuerdos Individuales de Pasantías y Asistencia Técnica resulta necesario delegar la firma de los mismos en el Dr. José Richards, en su carácter de Director General Legal y Técnico.
Que, el Director General Legal y Técnico de esta Agencia reúne los requisitos de idoneidad para suscribir dichos Convenios y Acuerdos Individuales.
Que, quien suscribe es competente en el marco del artículo 12 inc. E) de la ley 2624.
Por ello y en virtud de las facultades que le son propias;
Artículo 1. Delégase la suscripción de los Convenios y Acuerdos Individuales de Pasantías y Asistencia Técnica en el Dr. José Richards, en su carácter de Director General Legal y Técnico de esta Agencia Gubernamental de Control.
Artículo 2. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de esta Agencia y cumplido,archívese.