RESOLUCIÓN 236 2008 F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD

Síntesis:

EL DEPARTAMENTO DE HERENCIAS VACANTES DE LA PROGURACIÓN GENERAL DEBERÁ COMUNICAR AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL TODA DENUNCIA DE VACANCIA EN EL DOMINIO DE INMUEBLES - COMUNICACIÓN - HERENCIAS VACANTES

Publicación:

25/08/2008

Sanción:

04/08/2008

Organismo:

F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD


Visto, el artículo 9°, inciso 9° de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la ley 52, el decreto 2760/98, la resolución n° 365-SED-PG-EG-03; y

CONSIDERANDO:

Que la ley 52, estableció el régimen aplicable en materia de herencias vacantes en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a lo previsto por el artículo 9°, inciso 9°, de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.;

Que el artículo 11 de dicha ley dispone que "el Procurador General debe adoptar todas las medidas necesarias para establecer el patrimonio del causante y asegurar o conservar los bienes".

Que el decreto n° 2760/98 reglamenta la ley 52: Que el artículo 12 del decreto citado establece que "el Procurador General dispondrá el dictado de las disposiciones complementarias que aseguren la concreción de la ley 52-CBA y del presente decreto".

Que la resolución n° 365-SED-PG-EG-03 contiene el reglamento de herencias vigente.

Que teniendo en cuenta las demoras que se han observado en el trámite de las herencias vacantes, y que dichas demoras perjudican ostensiblemente el erario y la preservación del patrimonio que éstas integran, resulta conveniente instrumentar acciones que colaboren a la salvaguarda y conservación del patrimonio presumiblemente vacante.

Que el director del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, Dr. Alberto F. Ruiz de Erenchun, manifestó la conveniencia de que la Procuración General de la Ciudad, comunique de modo inmediato a dicho organismo de las denuncias de vacancias recibidas en esta Procuración a los fines de dictar la correspondiente medida de resguardo de la matrícula en cuestión.

Que lo expuesto en el acápite anterior propicia instrumentar de manera eficiente un nuevo mecanismo de comunicación que tendrán en el futuro el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal y esta Procuración General.

Que en uso de las facultades que le otorga el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad, ley n° 1218 y el decreto n° 2760/98.

EL PROCURADOR GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°.- El Departamento de Herencias Vacantes de esta Procuración General deberá comunicar al Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal toda denuncia de vacancia en el dominio de inmuebles situados en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2° La aludida comunicación deberá realizarse dentro de las veinticuatro (24) horas de haber tomado el Departamento de Herencias Vacantes conocimiento de una denuncia de dominio vacante.

Art. 3° Deberá remitirse la comunicación al Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal mediante correo electrónico, a las siguientes direcciones, a saber: dgrpi@dnrpi.jus.gov.ar y jbianchi@dnrpi.jus.gov.ar.

Art. 4° Simultáneamente dicho departamento deberá enviar en soporte papel, copia de la denuncia de vacancia y de cualquier otro dato que permita individualizar el inmueble vacante. Dichas copias deberán ser dirigidas al domicilio ubicado en avenida Belgrano n° 1130 código postal n° 1092, en donde funciona el Registro de la Propiedad Inmueble de Capital Federal.

Art. 5° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Procuración General Adjunta de Asuntos Contenciosos, a la Dirección General de Asuntos Judiciales, a la Dirección de Gestión Dominial y al Departamento de Herencias Vacantes. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 Resolución 236-PG-08  establece que el Departamento de Herencias Vacantes comunicará al Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal toda denuncia de vacancia en el dominio de inmuebles situados en ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p>
MODIFICA
Res.. 236-PG-08 Establece la obligatoriedad de comunicar al Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal toda denuncia de vacancia en el dominio de inmuebles. Modifica la Reglamentación de Herencias vacantes Res. 365-SED-PG-03