DISPOSICIÓN 18 2008 DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS

Síntesis:

SE ATENDERÁN LOS TRÁMITES DE IDENTIFICACIONES EN LOS REGISTROS CIVILES DE LOS CGPC - REGISTRO CIVIL - CENTROS DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN COMUNAL - REFORMAS - REMODELACIÓN DE EDIFICIO - PLAZOS

Publicación:

Sanción:

03/09/2008

Organismo:

DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS


VISTO,

la ejecución de la obra de reforma edilicia en el inmueble de esta repartición sito en la calle Uruguay 753, y,

CONSIDERANDO:

Que al presente se encuentra en plena ejecución la remodelación, actualización y puesta en valor del edificio citado, realizándose tareas en distintos sectores que afectan el normal desenvolvimiento de los trámites que en el mismo se desarrollan.

Que oportunamente se dispuso una primera reorganización que permitiera la continuidad de la función derivándose algunos de estos trámites a otras circunscripciones, manteniendo otros que en principio no se encontraban directamente afectados.

Que al presente, dada la magnitud de la obra, es imprescindible ampliar la restricción de público y el tránsito del mismo por este edificio, ello en virtud de las acciones de construcción que se llevan a cabo.

Que concordantemente con ello, se entiende necesario restringir el acceso público al Edificio permitiendo únicamente al personal autorizado el transito por los sectores habilitados y continúe en lo posible con sus tareas habituales.

Que es comprensible también entender que las tareas que hoy se realizan en las oficinas de los pisos superiores disponen de una estrategia logística que no se puede trasladar de manera íntegra o plena a otros emplazamientos, para lo cual se ha de considerar la posibilidad de que las direcciones afectadas promuevan un plan de contingencia en la emergencia, que permita proseguir con la tarea con los plazos ampliados en razón, justamente, de la imposibilidad material de realizarlas tal como se desarrollan hasta el presente.

Que así las cosas, se debe mantener en el edificio aquellas tareas mínimas que por sus condiciones no son posibles remitir a otras delegaciones para su cumplimiento, sin afectar seriamente el servicio.

Que de este modo se procede a reasignar y distribuir en las distintas secciones los trámites que realiza la Circunscripción 1° de la Dirección Operativa, la Mesa de Entradas de la División Despacho de la Dirección Técnica Administrativa, las Mesas de Entradas de los Departamentos Inscripciones y Resoluciones y Dictámenes de la Dirección Legal.

Que el plazo de ejecución de estas acciones se mantendrán hasta la finalización de la obra o hasta el momento que se entienda factible la reinstalación de las mismas en sus lugares de origen, momento en el cual, se reestablecerán los plazos originales.

POR ELLO,

EL DIRECTOR GENERAL DEL

REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS,

DISPONE:

Art. 1°.- Se atenderán los trámites de identificaciones en los Registros Civiles de los C.G.P.C.

Art. 2°.- Se atenderán los trámites de entrega de documentos nacionales de identidad ya realizados correspondientes a la Circ. 1ª en el C.G.P.C. Nro. 3 sito en Junin 521.

Art. 3°.- Se atenderán los trámites de inscripción de nacimiento correspondientes a la Circ. 1ª en el C.G.P.C. Nro. 2 sito en Uriburu 1022.

Art.4ª.- Se atenderán los trámites de reconocimientos y notificaciones correspondientes a los artículos 242 del Código Civil en el C.G.P.C. Nro. 2 sito en Uriburu 1022.

Art. 5°.- Se atenderán los trámites de entrega de partidas tomadas hasta la fecha en la Circ.1ª , en el C.G.P.C. Nro. 2 sito en Uriburu 1022.

Art. 6°.- Se atenderán los trámites de solicitud de partidas con datos topográficos en las distintas circunscripciones del Registro Civil, Correo Argentino (Capital y Provincia) y por Internet.

Art. 7°.- Se atenderán los trámites de solicitud de partidas sin datos topográficos en las distintas circunscripciones del Registro Civil, debiendo solicitar los interesados su turno por Internet.

Art. 8°.- Se atenderán los trámites de solicitud de partidas urgentes con debida acreditación, y solicitud de Partidas Bilingues, en el C.G.P.C. Nro. 15 sito en Bonpland 1271.

Art. 9°.- Se atenderán los trámites de informaciones sumarias en las circunscripciones del Registro Civil.

Art. 10°.- Se atenderá la Mesa de Entradas de la Dirección Operativa en el C.G.P.C. Nro. 1 sito en Uruguay 740 de esta ciudad.

Art. 11°.- Se atenderán los trámites de Registro de firmas Médicas solo en caso de urgencia debidamente acreditada en el C.G.P.C. Nro. 1 sito en la calle Uruguay 740 de esta ciudad.

Art. 12°.- Se atenderán las consultas URGENTES de la oficina de Derechos Humanos en el C.G.P.C. Nro. 1 sito en la calle Uruguay 740 de esta ciudad.

Art. 13°.- Se atenderá la Mesa de Entradas dependiente de la División Despacho, en el C.G.P.C. Nro. 1 sito en la calle Uruguay 740 de esta ciudad.

Art. 14°.- Se atenderán las Mesas de Entradas del Departamento Inscripciones y el Departamento Resoluciones y Dictámenes dependientes de la Dirección Legal SOLO TRÁMITES ACREDITANDO URGENCIA en el C.G.P.C. Nro. 1 sito en la calle Uruguay 740 de esta ciudad.

Art. 15°.- Para los Trámites URGENTES, por este período, se requerirá la acreditación de tal carácter.

Art. 16°.- Amplíanse y prorróngase hasta quince (15) días los plazos de ejecución de los trámites que se desarrollan en el edificio de Uruguay 753.-

Art. 17°.- La presente disposición dispondrá de una vigencia igual al plazo de ejecución de las obras que se encuentran desarrollando en el edificio de Uruguay n° 753.

Art. 18°.- Pase a todas las Direcciones para su conocimiento, implementación y cumplimiento; al Registro Nacional de las Personas, a la Dirección General de Tesorería.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art 16 de la Disp 18-DGRC-08 amplía y prorroga hasta 15 días los plazos de ejecución de los trámites que se desarrollan en el edificio de Uruguay 753, quedando modificados los plazos establecidos por Disp 40-DGRC-00