RESOLUCIÓN 1414 2008 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES CENTRAL - UOA CENTRAL - SERÁ PRESIDIDA POR EDGARDO DAVID CENZÓN - Y COMO RE-PRESENTANTE DEL MINISTERIO DE HACIENDA - CARLOS GUSTAVO SILVA - MINISTERIO DE SALUD - LUIS ALMADA

Publicación:

09/09/2008

Sanción:

26/08/2008

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


Visto el Decreto N° 151/GCBA/08 mediante el cual se creó la Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOA Central) y;

CONSIDERANDO:

Que, la Unidad antes citada tiene asignada la función de llevar a cabo los procesos de contratación en forma centralizada de los bienes y servicios que requieran los efectores del Sistema de Salud;

Que, a la fecha, en base al cambio de funcionarios operado procede actualizar la designación de los integrantes de la Unidad Operativa de Adquisiciones Central, como así también reformular la conformación de la Comisión de Evaluación de Ofertas;

Que, conforme lo prevén los Artículos 2° y 7° del Decreto citado en el Visto, los suscriptos se encuentran facultados para suscribir el acto administrativo pertinente;

Por ello;

LOS SEÑORES MINISTROS DE SALUD

Y DE HACIENDA

RESUELVEN

Art. 1°.- La Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOA Central) será presidida por el Lic. Edgardo David Cenzón D.N.I. 22.356.694 y se designa como re-presentante del Ministerio de Hacienda al Arq. Carlos Gustavo Silva D.N.I. 14.927.825 y por el Ministerio de Salud al Dr. Luis Almada D.N.I. 13.891.700.-

Art. 2°.- Desígnanse como integrantes de la Comisión de Evaluación de Ofertas que actuará en los procesos licitarios que lleve a cabo la Unidad Operativa de Adquisiciones Central, a los funcionarios mencionados en el Art. 1° de la presente Resolución.-
Art. 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y comuníquese al Ministerio de Salud y a la Unidad Operativa de Adquisiciones Central y oportunamente archívese.-

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DESIGNA
Res. 1414-MSGC-MHGC-08 Designa a E. Cenzón; G. Silva y L. Almada, representantes en la UOA Central, en los términos del Dec. 151-08(derogado)